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Publicado el 23/05/2022 |
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EXTRACTO INTERDICCIÓN |
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Primer Juzgado de Letras de Los Andes, causa Rol V-96-2021, interdicción por demencia, sentencia de fecha 27 de Enero de 2022, decretó la interdicción definitiva por demencia de MANUEL SEGUNDO MOYANO GATICA, Cédula Nacional de Identidad N° 5.199.284-9, quedando privado de la administración de sus bienes. Se nombra como curador definitivo a doña MARÍA TERESA DEL CARMEN CARROZA ESCALANTE. Secretario. |
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Publicado el 21/05/2022 |
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REMATE |
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En juicio ejecutivo de desposeimiento, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PINTO”, Rol Nº 2155-2019, del 2º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en Avda. Independencia Nº 36, el día 1 de Junio de 2022, a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al Sitio setenta y ocho, de la Población Villa Las casas, ubicado en la Comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano protocolizado bajo el N° 36 al final del Registro de Propiedad del año 1979, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, inscrito a fojas 1213 vta., N° 1564 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, Rol de Avalúo Nº 16-34 de la Comuna de San Esteban. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $44.000.000.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma.- Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante deposito en la cuenta corriente del tribunal. El remate se realizará por videoconferencia, por plataforma Zoom, todo interesado en participar en la subasta deberá cumplir con las siguientes exigencias: (1) El remate será realizado mediante videoconferencia, a través de plataforma zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través de los teléfonos 342421931 y +56941786268 o al correo electrónico jl2_losandes@pjud.cl. (3) La caución fijada deber ser consignada en la cuenta corriente del Tribunal, mediante cupón de pago* (NO TRANSFERENCIA ELECTRONICA) bajo los siguientes datos: - Segundo Juzgado del Letras de Los Andes - Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500056405 - R.U.T. 60.305.014-2, para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. (4).- El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible con a los menos 48 hrs. de antelación a la audiencia de remate, en la forma establecida en el artículo 6 del acta 13-2021, esto es, mediante correo electrónico al correo jl2_losandes_remates@pjud.cl, indicando además la individualización del postor (con nombre, rut, profesión u oficio, domicilio), si participara con el fin de adjudicarse para sí o para un tercero (individualizando a dicho tercero) indicando el rol de la presente causa, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. (5) El día anterior al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue- certificará quienes son las personas que habiendo cumplido con los requisitos señalados pueden participar en el remate y si lo hará para sí o para un tercero. (6) El acta de remate ser suscrita por el adjudicatario el mismo día del remate mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado en participar debe contar con Clave Única del Estado. (7) Al postor no adjudicatario, se le restituirá su garantía en el plazo diez días hábiles, a través de cheque a nombre de la persona natural o jurídica que haya efectuado la consignación. Una vez confeccionado el cheque se remitirá correo electrónico indicando día y hora para su entrega. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria. |
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Publicado el 20/05/2022 |
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Primer Juzgado de Letras de Los Andes, causa Rol V-96-2021, interdicción por demencia, sentencia de fecha 27 de Enero de 2022, decretó la interdicción definitiva por demencia de MANUEL SEGUNDO MOYANO GATICA, Cédula Nacional de Identidad N° 5.199.284-9, quedando privado de la administración de sus bienes. Se nombra como curador definitivo a doña MARÍA TERESA DEL CARMEN CARROZA ESCALANTE. Secretario. |
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Publicado el 20/05/2022 |
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REMATE |
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En juicio ejecutivo de desposeimiento, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PINTO”, Rol Nº 2155-2019, del 2º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en Avda. Independencia Nº 36, el día 1 de Junio de 2022, a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al Sitio setenta y ocho, de la Población Villa Las casas, ubicado en la Comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano protocolizado bajo el N° 36 al final del Registro de Propiedad del año 1979, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, inscrito a fojas 1213 vta., N° 1564 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, Rol de Avalúo Nº 16-34 de la Comuna de San Esteban. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $44.000.000.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma.- Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante deposito en la cuenta corriente del tribunal. El remate se realizará por videoconferencia, por plataforma Zoom, todo interesado en participar en la subasta deberá cumplir con las siguientes exigencias: (1) El remate será realizado mediante videoconferencia, a través de plataforma zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través de los teléfonos 342421931 y +56941786268 o al correo electrónico jl2_losandes@pjud.cl. (3) La caución fijada deber ser consignada en la cuenta corriente del Tribunal, mediante cupón de pago* (NO TRANSFERENCIA ELECTRONICA) bajo los siguientes datos: - Segundo Juzgado del Letras de Los Andes - Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500056405 - R.U.T. 60.305.014-2, para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. (4).- El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible con a los menos 48 hrs. de antelación a la audiencia de remate, en la forma establecida en el artículo 6 del acta 13-2021, esto es, mediante correo electrónico al correo jl2_losandes_remates@pjud.cl, indicando además la individualización del postor (con nombre, rut, profesión u oficio, domicilio), si participara con el fin de adjudicarse para sí o para un tercero (individualizando a dicho tercero) indicando el rol de la presente causa, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. (5) El día anterior al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue- certificará quienes son las personas que habiendo cumplido con los requisitos señalados pueden participar en el remate y si lo hará para sí o para un tercero. (6) El acta de remate ser suscrita por el adjudicatario el mismo día del remate mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado en participar debe contar con Clave Única del Estado. (7) Al postor no adjudicatario, se le restituirá su garantía en el plazo diez días hábiles, a través de cheque a nombre de la persona natural o jurídica que haya efectuado la consignación. Una vez confeccionado el cheque se remitirá correo electrónico indicando día y hora para su entrega. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria. |
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Publicado el 19/05/2022 |
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Primer Juzgado de Letras de Los Andes, causa Rol V-96-2021, interdicción por
demencia, sentencia de fecha 27 de Enero de 2022, decretó la interdicción
definitiva por demencia de MANUEL SEGUNDO MOYANO GATICA, Cédula
Nacional de Identidad N° 5.199.284-9, quedando privado de la administración de
sus bienes. Se nombra como curador definitivo a doña MARÍA TERESA DEL
CARMEN CARROZA ESCALANTE. Secretario. |
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Publicado el 19/05/2022 |
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En juicio ejecutivo de desposeimiento, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PINTO”, Rol Nº 2155-2019, del 2º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en Avda. Independencia Nº 36, el día 1 de Junio de 2022, a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al Sitio setenta y ocho, de la Población Villa Las casas, ubicado en la Comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano protocolizado bajo el N° 36 al final del Registro de Propiedad del año 1979, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, inscrito a fojas 1213 vta., N° 1564 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, Rol de Avalúo Nº 16-34 de la Comuna de San Esteban. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $44.000.000.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma.- Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante deposito en la cuenta corriente del tribunal. El remate se realizará por videoconferencia, por plataforma Zoom, todo interesado en participar en la subasta deberá cumplir con las siguientes exigencias: (1) El remate será realizado mediante videoconferencia, a través de plataforma zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través de los teléfonos 342421931 y +56941786268 o al correo electrónico jl2_losandes@pjud.cl. (3) La caución fijada deber ser consignada en la cuenta corriente del Tribunal, mediante cupón de pago* (NO TRANSFERENCIA ELECTRONICA) bajo los siguientes datos: - Segundo Juzgado del Letras de Los Andes - Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500056405 - R.U.T. 60.305.014-2, para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. (4).- El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible con a los menos 48 hrs. de antelación a la audiencia de remate, en la forma establecida en el artículo 6 del acta 13-2021, esto es, mediante correo electrónico al correo jl2_losandes_remates@pjud.cl, indicando además la individualización del postor (con nombre, rut, profesión u oficio, domicilio), si participara con el fin de adjudicarse para sí o para un tercero (individualizando a dicho tercero) indicando el rol de la presente causa, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. (5) El día anterior al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue- certificará quienes son las personas que habiendo cumplido con los requisitos señalados pueden participar en el remate y si lo hará para sí o para un tercero. (6) El acta de remate ser suscrita por el adjudicatario el mismo día del remate mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado en participar debe contar con Clave Única del Estado. (7) Al postor no adjudicatario, se le restituirá su garantía en el plazo diez días hábiles, a través de cheque a nombre de la persona natural o jurídica que haya efectuado la consignación. Una vez confeccionado el cheque se remitirá correo electrónico indicando día y hora para su entrega. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria. |
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Publicado el 18/05/2022 |
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REMATE |
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En juicio ejecutivo de desposeimiento, caratulados “BANCO DEL ESTADO DE CHILE CON PINTO”, Rol Nº 2155-2019, del 2º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en Avda. Independencia Nº 36, el día 1 de Junio de 2022, a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al Sitio setenta y ocho, de la Población Villa Las casas, ubicado en la Comuna de San Esteban, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano protocolizado bajo el N° 36 al final del Registro de Propiedad del año 1979, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, inscrito a fojas 1213 vta., N° 1564 del Registro de Propiedad del año 2005 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, Rol de Avalúo Nº 16-34 de la Comuna de San Esteban. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $44.000.000.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma.- Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante deposito en la cuenta corriente del tribunal. El remate se realizará por videoconferencia, por plataforma Zoom, todo interesado en participar en la subasta deberá cumplir con las siguientes exigencias: (1) El remate será realizado mediante videoconferencia, a través de plataforma zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través de los teléfonos 342421931 y +56941786268 o al correo electrónico jl2_losandes@pjud.cl. (3) La caución fijada deber ser consignada en la cuenta corriente del Tribunal, mediante cupón de pago* (NO TRANSFERENCIA ELECTRONICA) bajo los siguientes datos: - Segundo Juzgado del Letras de Los Andes - Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500056405 - R.U.T. 60.305.014-2, para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/. (4).- El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible con a los menos 48 hrs. de antelación a la audiencia de remate, en la forma establecida en el artículo 6 del acta 13-2021, esto es, mediante correo electrónico al correo jl2_losandes_remates@pjud.cl, indicando además la individualización del postor (con nombre, rut, profesión u oficio, domicilio), si participara con el fin de adjudicarse para sí o para un tercero (individualizando a dicho tercero) indicando el rol de la presente causa, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión. (5) El día anterior al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue- certificará quienes son las personas que habiendo cumplido con los requisitos señalados pueden participar en el remate y si lo hará para sí o para un tercero. (6) El acta de remate ser suscrita por el adjudicatario el mismo día del remate mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado en participar debe contar con Clave Única del Estado. (7) Al postor no adjudicatario, se le restituirá su garantía en el plazo diez días hábiles, a través de cheque a nombre de la persona natural o jurídica que haya efectuado la consignación. Una vez confeccionado el cheque se remitirá correo electrónico indicando día y hora para su entrega. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria. |
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Publicado el 14/05/2022 |
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LA COMUNIDAD LOS CAMPOS DE CANO GALLEGO INFORMA |
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El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO |
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Publicado el 13/05/2022 |
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NOTIFIACIÓN SENTENCIA INTERDICCIÓN |
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En los autos caratulados “ESPINOZA” ROL V-10-2022 del Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, por Sentencia de fecha 20 de abril de 2022, se ha decretado la interdicción definitiva de doña NORMA GUERRA LUCERO con domicilio en Avenida 26 de septiembre N° 165, Comuna y Provincia de Los Andes, razón por la cual no tiene la libre administración de sus bienes. |
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Publicado el 13/05/2022 |
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LA COMUNIDAD LOS CAMPOS DE CANO GALLEGO INFORMA |
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El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO |
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