Los Andes on line
 
Clasificados Asuntos Legales
 
     
  Publicado el 13/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar Ampliar Ampliar  
  1° Juzgado de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Juan Andrés Meza Muñoz, rol 1430-2022, por resolución de fecha 17 de julio de dos mil veinticinco, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 06 de diciembre de 2022: En lo principal: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, a US. respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por JUAN ANDRES MEZA MUNOZ, ignoro profesión u oficio, domiciliado en AVENIDA ALESSANDRI N°174, SAN ESTEBAN. El pagaré fue suscrito por la suma de $5.359.818.-, por concepto de capital, más un interés del 0,9300% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 72 cuotas y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da expresamente por reproducido. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0.0000% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 85% del saldo capital adeudado. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 05 de agosto de 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.359.818.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0.0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el(los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JUAN ANDRES MEZA MUNOZ ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $5.359.818.-, más la comisión legal del 0.0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Con fecha 07 de diciembre de 2022: Pospone inicio de la tramitación. Presentación de fecha 07 de diciembre de 2022: Acompaña documentos. Con fecha 09 de diciembre de 2022: A la presentación del 07 de diciembre del presente, a folio 3. Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá: Proveyendo demanda del 06 de diciembre del presente, a folio 1. A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; al primer otrosí, téngase por acompañado un pagaré, bajo el apercibimiento que indica, custódiese; al segundo otrosí, téngase presente los bienes señalados, en cuanto al depositario provisional, se designa al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal; al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada personería de abogado, con citación; al cuarto otrosí, téngase presente el correo electrónico para los efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil. Sin perjuicio de lo anterior, en cuanto a la solicitud notificarse a dicho medio electrónico, no ha lugar, por carecer este tribunal de los recursos técnicos necesarios; al quinto otrosí, téngase presente. Atendido que el litigante no fijó domicilio según lo dispuesto en el artículo 49, en relación con el artículo 53, ambos del Código de Procedimiento Civil, notifíquesele por el estado diario todas las resoluciones que deban notificarse por cédula, mientras no efectúe la designación correspondiente.- En Los Andes, a nueve de diciembre de dos mil veintidós: Mandamiento de Ejecución y Embargo. Un Ministro de Fe requerirá de pago a JUAN ANDRES MEZA MUÑOZ, domiciliado en Avenida Alessandri N°174, San Esteban, para que en el acto del requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $5.359.818.- (cinco millones trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos dieciocho pesos), más intereses y costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, se procederá a trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, más intereses y costas. Nombrase depositario de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Presentación de fecha 14 de julio de 2025: Solicita notificación por avisos. Con fecha 17 de julio de 2025: A la presentación de fecha 14 de julio de 2025 a folio 54. Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario “Los Andes Online”, un aviso que contenga extracto de la demanda, de su proveído y de la presente resolución, debiendo cumplirse además con la publicación en El Diario Oficial, según lo dispuesto en el inciso final del citado artículo. Para la confección del extracto, el interesado deberá presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Para el requerimiento de pago, se cita al demandado al tercer día hábil siguiente a la última notificación por avisos, a las 10:00 horas, a la secretaría del tribunal, si recayere en sábado el plazo se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente; bajo apercibimiento de que, si no comparece, se le tendrá por requerido de pago en rebeldía.- Secretaría  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 13/03/2026  
  REMATE  
  Ampliar  
  En juicio Ejecutivo, caratulado “BANCO DE CHILE CON RETAMAL”, Rol Nº C-850-2025, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 31 de Marzo de 2026 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del Inmueble ubicado en Pasaje Daniel Milanez Número Mil Ochocientos Sesenta y Ocho, de la ciudad, Comuna y Provincia de Los Andes, individualizado como LOTE NUMERO ONCE de la MANZANA C en el plano del Conjunto Habitacional BARRIO EL PATAGUAL IV, protocolizado bajo el N° 1.168 al final del Registro de Propiedad del año 2015 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, de una superficie de ciento ochenta y tres coma cuarenta metros cuadrados, inscrito a fs. 574, N° 735 del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo de la Propiedad Nº 716-51, de la Comuna de Los Andes. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $62.420.476.- El precio total de la adjudicación deberá ser pagado al contado mediante Vale Vista a la orden del tribunal o Cupón de Pago del Banco Estado a la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del quinto da hábil contado desde la fecha del remate. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. (10) El ejecutante deberá acompañar las publicaciones del remate a más tardar a las 12:00 del día hábil previo a la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta. Secretaría.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 13/03/2026  
  REMATE  
  Ampliar  
  En juicio Ejecutivo, caratulado “BANCO DE CHILE CON DONOSO”, Rol Nº C-1260-2024, del 2º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Independencia N° 36, Los Andes, el 2 de Abril de 2026 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate de la vivienda ubicada en pasaje Patricio Barros Viguera número ochocientos setenta, de la ciudad, Comuna y Provincia de Los Andes y que corresponde al LOTE NUMERO B CINCO de la MANZANA E en el plano del Conjunto Habitacional “AIRES DE ACONCAGUA”, protocolizado bajo el número 380 al final del Registro de Propiedad del año 2020 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, de una superficie de ciento veintitrés coma setenta y cinco metros cuadrados, inscrita a fs. 372 vuelta N° 441 del Registro de Propiedad del año 2021 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avaluó N° 720-104 de la Comuna de Los Andes. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $52.209.251.- Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate será realizado mediante video conferencia, a través de plataforma zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través de los teléfonos 342421931 y +56941786268 o al correo electrónico jl2_losandes@pjud.cl. (3) La caución fijada deberá ser consignada en la cuenta corriente de este Tribunal, mediante depósito en caja con cupón de pago* (NO TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA) bajo los siguientes datos: - Segundo Juzgado del Letras de Los Andes. - Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500056405 - R.U.T. 60.305.014-2 *para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB/ (4) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado con a los menos 48 hrs. de antelación a la audiencia de remate, en la forma establecida en el artículo 6 del acta 263-2021, esto es, mediante el módulo especialmente establecido al efecto en la Oficina Judicial Virtual, individualizándose el postor en dicho módulo e indicando el rol de la causa en la cual participará, correo electrónico y un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta. Para efectos de dar cumplimiento al deber de consulta previsto en el artículo 29 de la Ley 21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, todo postor deber remitir un correo electrónico jl2_losandes@pjud.cl, en la oportunidad en la que acompaña el comprobante de caución, individualizarse con su nombre, rut, profesión u oficio, domicilio y, señalar además, si participara en el remate con el fin de adjudicarse para sí o para un tercero, en este último caso deber consignar el nombre, rut, profesión u oficio y domicilio del tercero. (5) El día anterior al remate el Sr. Secretario del Tribunal o quien lo -subrogue- , deberá efectuar la consulta de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 29 inciso quinto de la Ley 21.389 y certificar quienes son las personas – que habiendo cumplido con los requisitos señalados precedentemente- pueden participar en el remate. En el evento de constatarse que el postor o la persona en cuyo nombre se participará en la subasta, o el ejecutante que haya manifestado su opción de participar en el remate, se encuentran con inscripción vigente en calidad de deudor o en el Registro de Deudores de Pensiones de Alimentos, no se admitirá su participación en el remate, en los términos establecidos en el artículo 29 de la Ley 21.389.(6) El acta de remate será suscrita dentro del día del remate mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado en participar debe contar con Clave Única del Estado. (7) La caución rendida por los no adjudicatarios, se restituirá en el plazo de diez días hábiles, a través de cheque a nombre de la persona natural o jurídica que conste haya efectuado la consignación en la cuenta corriente del tribunal, según los de depósito y la certificación efectuada por la Ministro de fe, o bien, a nombre de quien acredite en la causa tener poder suficiente para representarlo y, en particular, para percibir. (8) El retiro del cheque deber coordinarse con la Secretaría del Tribunal mediante correo electrónico (jl2_losandes@pjud.cl), y solo podrán efectuarlo el á beneficiario, o quien acredite contar con poder suficiente para ello. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta digital. Secretaría.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 12/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar Ampliar Ampliar  
  1° Juzgado de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Juan Andrés Meza Muñoz, rol 1430-2022, por resolución de fecha 17 de julio de dos mil veinticinco, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 06 de diciembre de 2022: En lo principal: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, a US. respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por JUAN ANDRES MEZA MUNOZ, ignoro profesión u oficio, domiciliado en AVENIDA ALESSANDRI N°174, SAN ESTEBAN. El pagaré fue suscrito por la suma de $5.359.818.-, por concepto de capital, más un interés del 0,9300% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 72 cuotas y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da expresamente por reproducido. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0.0000% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 85% del saldo capital adeudado. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 05 de agosto de 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.359.818.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0.0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el(los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JUAN ANDRES MEZA MUNOZ ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $5.359.818.-, más la comisión legal del 0.0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Con fecha 07 de diciembre de 2022: Pospone inicio de la tramitación. Presentación de fecha 07 de diciembre de 2022: Acompaña documentos. Con fecha 09 de diciembre de 2022: A la presentación del 07 de diciembre del presente, a folio 3. Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá: Proveyendo demanda del 06 de diciembre del presente, a folio 1. A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; al primer otrosí, téngase por acompañado un pagaré, bajo el apercibimiento que indica, custódiese; al segundo otrosí, téngase presente los bienes señalados, en cuanto al depositario provisional, se designa al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal; al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada personería de abogado, con citación; al cuarto otrosí, téngase presente el correo electrónico para los efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil. Sin perjuicio de lo anterior, en cuanto a la solicitud notificarse a dicho medio electrónico, no ha lugar, por carecer este tribunal de los recursos técnicos necesarios; al quinto otrosí, téngase presente. Atendido que el litigante no fijó domicilio según lo dispuesto en el artículo 49, en relación con el artículo 53, ambos del Código de Procedimiento Civil, notifíquesele por el estado diario todas las resoluciones que deban notificarse por cédula, mientras no efectúe la designación correspondiente.- En Los Andes, a nueve de diciembre de dos mil veintidós: Mandamiento de Ejecución y Embargo. Un Ministro de Fe requerirá de pago a JUAN ANDRES MEZA MUÑOZ, domiciliado en Avenida Alessandri N°174, San Esteban, para que en el acto del requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $5.359.818.- (cinco millones trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos dieciocho pesos), más intereses y costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, se procederá a trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, más intereses y costas. Nombrase depositario de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Presentación de fecha 14 de julio de 2025: Solicita notificación por avisos. Con fecha 17 de julio de 2025: A la presentación de fecha 14 de julio de 2025 a folio 54. Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario “Los Andes Online”, un aviso que contenga extracto de la demanda, de su proveído y de la presente resolución, debiendo cumplirse además con la publicación en El Diario Oficial, según lo dispuesto en el inciso final del citado artículo. Para la confección del extracto, el interesado deberá presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Para el requerimiento de pago, se cita al demandado al tercer día hábil siguiente a la última notificación por avisos, a las 10:00 horas, a la secretaría del tribunal, si recayere en sábado el plazo se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente; bajo apercibimiento de que, si no comparece, se le tendrá por requerido de pago en rebeldía.- Secretaría  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 11/03/2026  
  EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS  
  Ampliar  
  NOTIFICACIÓN. 1º Juzgado de Letras de Los Andes, en autos Rol C-126-2025, caratulados “BANCO DE CHILE CON COSSIO”, sobre juicio ordinario de cobro de pesos, mediante resolución de fecha 21 de Noviembre de 2025, se ha ordenado notificar por avisos la resolución de misma que recibió la causa a prueba, en los siguientes términos: Como se pide. Visto: Se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose el siguiente hecho sustancial, pertinente y controvertido: Efectividad de adeudar el demandado Agustín Alejandro Cossio Aldea, la suma de $10.742.043, a la demandante. Hechos y circunstancias que as í lo demuestren. Para el evento que las partes pretendan valerse de prueba de testigos, ésta se rendirá en forma presencial, en dependencias del tribunal, para la que se fijan los dos últimos días del probatorio, a las 10:00 horas, y si el último día recayere en sábado, se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente, a la misma hora señalada. Notifíquese a la demandante por el estado diario de conformidad al apercibimiento de folio 4. En cuanto a la demandada notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario “Los Andes Online”, un aviso que contenga extracto de la presente resolución. Para la confección del extracto el interesado deber presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Secretaría.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 11/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar Ampliar Ampliar  
  1° Juzgado de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Juan Andrés Meza Muñoz, rol 1430-2022, por resolución de fecha 17 de julio de dos mil veinticinco, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 06 de diciembre de 2022: En lo principal: Demanda ejecutiva y mandamiento de ejecución y embargo. CLAUDIO FELIPE ALTAMIRANO RODRIGUEZ, abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, a US. respetuosamente digo: Mi representado, el Banco del Estado de Chile, es dueño del pagaré que se acompaña en el primer otrosí de esta demanda, que fue suscrito en calidad de deudor principal por JUAN ANDRES MEZA MUNOZ, ignoro profesión u oficio, domiciliado en AVENIDA ALESSANDRI N°174, SAN ESTEBAN. El pagaré fue suscrito por la suma de $5.359.818.-, por concepto de capital, más un interés del 0,9300% mensual, que el deudor se obligó a pagar en 72 cuotas y sucesivas cuyo monto y vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito, el que en este punto se da expresamente por reproducido. Se estableció en el pagaré que en caso de mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor está obligado a pagar, desde el incumplimiento, intereses penales equivalentes al máximo convencional según las tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación. El deudor se obligó a pagar la comisión legal del 0.0000% anual sobre el capital garantizado que el Banco del Estado de Chile recauda para el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), el cual cauciona el crédito con una tasa de garantía de 85% del saldo capital adeudado. Es del caso señalar que el deudor ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento al día 05 de agosto de 2022, inclusive, y todas las posteriores, por tanto el Banco del Estado de Chile ha decidido hacer exigible la totalidad de la deuda, demandando la suma de $5.359.818.-, más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda más la comisión legal del 0.0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más las costas de esta causa. Como consta del pagaré que se acompaña, la obligación es indivisible, el(los) suscriptor(es) relevaron al portador de los documentos de la obligación de protesto y, la(s) firma(s) de este(os) se encuentra autorizada por Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. POR TANTO, de acuerdo a lo expuesto, documentos acompañados, y a lo dispuesto en el artículo 98 y siguientes de la ley 18.092, artículos 254, 434 N° 4 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y demás normas pertinentes. A SS. PIDO: tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de JUAN ANDRES MEZA MUNOZ ya individualizado(s), en la(s) calidad(es) ya indicada(s), admitirla a tramitación y ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $5.359.818.-, más la comisión legal del 0.0000% anual sobre el saldo del capital garantizado por el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (FOGAPE), más intereses pactados y costas, requerir de pago al deudor, y disponer se siga adelante esta ejecución hasta que a mi representada se le haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. SEGUNDO OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y designa depositario. TERCER OTROSÍ: Se tenga presente. CUARTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. QUINTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. Con fecha 07 de diciembre de 2022: Pospone inicio de la tramitación. Presentación de fecha 07 de diciembre de 2022: Acompaña documentos. Con fecha 09 de diciembre de 2022: A la presentación del 07 de diciembre del presente, a folio 3. Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá: Proveyendo demanda del 06 de diciembre del presente, a folio 1. A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; al primer otrosí, téngase por acompañado un pagaré, bajo el apercibimiento que indica, custódiese; al segundo otrosí, téngase presente los bienes señalados, en cuanto al depositario provisional, se designa al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal; al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada personería de abogado, con citación; al cuarto otrosí, téngase presente el correo electrónico para los efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil. Sin perjuicio de lo anterior, en cuanto a la solicitud notificarse a dicho medio electrónico, no ha lugar, por carecer este tribunal de los recursos técnicos necesarios; al quinto otrosí, téngase presente. Atendido que el litigante no fijó domicilio según lo dispuesto en el artículo 49, en relación con el artículo 53, ambos del Código de Procedimiento Civil, notifíquesele por el estado diario todas las resoluciones que deban notificarse por cédula, mientras no efectúe la designación correspondiente.- En Los Andes, a nueve de diciembre de dos mil veintidós: Mandamiento de Ejecución y Embargo. Un Ministro de Fe requerirá de pago a JUAN ANDRES MEZA MUÑOZ, domiciliado en Avenida Alessandri N°174, San Esteban, para que en el acto del requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $5.359.818.- (cinco millones trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos dieciocho pesos), más intereses y costas. No verificado el pago en el acto del requerimiento, se procederá a trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, más intereses y costas. Nombrase depositario de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Presentación de fecha 14 de julio de 2025: Solicita notificación por avisos. Con fecha 17 de julio de 2025: A la presentación de fecha 14 de julio de 2025 a folio 54. Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario “Los Andes Online”, un aviso que contenga extracto de la demanda, de su proveído y de la presente resolución, debiendo cumplirse además con la publicación en El Diario Oficial, según lo dispuesto en el inciso final del citado artículo. Para la confección del extracto, el interesado deberá presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Para el requerimiento de pago, se cita al demandado al tercer día hábil siguiente a la última notificación por avisos, a las 10:00 horas, a la secretaría del tribunal, si recayere en sábado el plazo se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente; bajo apercibimiento de que, si no comparece, se le tendrá por requerido de pago en rebeldía.- Secretaría  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 10/03/2026  
  EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS  
  Ampliar  
  NOTIFICACIÓN. 1º Juzgado de Letras de Los Andes, en autos Rol C-126-2025, caratulados “BANCO DE CHILE CON COSSIO”, sobre juicio ordinario de cobro de pesos, mediante resolución de fecha 21 de Noviembre de 2025, se ha ordenado notificar por avisos la resolución de misma que recibió la causa a prueba, en los siguientes términos: Como se pide. Visto: Se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose el siguiente hecho sustancial, pertinente y controvertido: Efectividad de adeudar el demandado Agustín Alejandro Cossio Aldea, la suma de $10.742.043, a la demandante. Hechos y circunstancias que as í lo demuestren. Para el evento que las partes pretendan valerse de prueba de testigos, ésta se rendirá en forma presencial, en dependencias del tribunal, para la que se fijan los dos últimos días del probatorio, a las 10:00 horas, y si el último día recayere en sábado, se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente, a la misma hora señalada. Notifíquese a la demandante por el estado diario de conformidad al apercibimiento de folio 4. En cuanto a la demandada notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario “Los Andes Online”, un aviso que contenga extracto de la presente resolución. Para la confección del extracto el interesado deber presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Secretaría.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 09/03/2026  
  EXTRACTO NOTIFICACION POR AVISOS  
  Ampliar  
  NOTIFICACIÓN. 1º Juzgado de Letras de Los Andes, en autos Rol C-126-2025, caratulados “BANCO DE CHILE CON COSSIO”, sobre juicio ordinario de cobro de pesos, mediante resolución de fecha 21 de Noviembre de 2025, se ha ordenado notificar por avisos la resolución de misma que recibió la causa a prueba, en los siguientes términos: Como se pide. Visto: Se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose el siguiente hecho sustancial, pertinente y controvertido: Efectividad de adeudar el demandado Agustín Alejandro Cossio Aldea, la suma de $10.742.043, a la demandante. Hechos y circunstancias que as í lo demuestren. Para el evento que las partes pretendan valerse de prueba de testigos, ésta se rendirá en forma presencial, en dependencias del tribunal, para la que se fijan los dos últimos días del probatorio, a las 10:00 horas, y si el último día recayere en sábado, se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente, a la misma hora señalada. Notifíquese a la demandante por el estado diario de conformidad al apercibimiento de folio 4. En cuanto a la demandada notifíquese de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario “Los Andes Online”, un aviso que contenga extracto de la presente resolución. Para la confección del extracto el interesado deber presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Secretaría.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 05/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  REMATE a realizarse por videoconferencia por plataforma Zoom. 1° Juzgado de Letras de Los Andes ubicado en Avenida Carlos Díaz N° 46, día 31 de Marzo de 2026, a las 13:30 horas, juicio ejecutivo Rol N° C-1093-2025, con causa acumulada Rol C-1371-2025 del 2° Juzgado Letras de Los Andes caratulado “Scotiabank Chile con Dawson”, se subastará el Departamento N° 503 del 5° piso del Edificio Dos, del “Condominio I Hermanos Maristas”, con acceso por calle Hermano Tomás Darbois N° 170 Comuna de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el Nº 58 al final del Registro de Propiedad del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. El dominio de la propiedad está inscrita a nombre del ejecutado Sergio Mauricio Dawson Miranda, a fojas 801 Nº 980 de 2018 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avaluó Nº 141-297 Comuna de Los Andes. Mínimo de subasta de la propiedad es la suma de $21.832.974.- El precio del remate debe pagarse íntegramente dentro de quinto día de efectuado el remate, mediante vale vista, deposito o transferencia a la cuenta corriente del Tribunal. El remate se realizará mediante video conferencia, a través de la plataforma zoom, siendo responsabilidad de cada compareciente contar con los dispositivos electrónicos que le permitan participar en forma remota. En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el Tribunal a través del teléfono 342421150. Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante valevista a la orden del Tribunal entregado en la Secretaría; b) Mediante deposito en la cuenta corriente del Tribunal Banco Estado N° 22500051829, Rut: 61.918.000-3 utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado ingresando a la dirección http://reca.pjud.cl/RECAWEB. No se admiten cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal “Remates”, una vez acompañado, se deberá remitir un correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl indicando en el asunto “POSTOR REMATE”, en el texto los datos de la causa y el nombre, Rut y teléfono del Postor, quien deberá señalar si comparece por si, o bien, en representación de un tercero, en cuyo caso deberá indicar igualmente el nombre y Rut de éste. El Acta de Remate deberá ser suscrita por el postor a más tardar dentro de tercero día de realizado, únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal de “Remates”. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 04/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  REMATE a realizarse por videoconferencia por plataforma Zoom. 1° Juzgado de Letras de Los Andes ubicado en Avenida Carlos Díaz N° 46, día 31 de Marzo de 2026, a las 13:30 horas, juicio ejecutivo Rol N° C-1093-2025, con causa acumulada Rol C-1371-2025 del 2° Juzgado Letras de Los Andes caratulado “Scotiabank Chile con Dawson”, se subastará el Departamento N° 503 del 5° piso del Edificio Dos, del “Condominio I Hermanos Maristas”, con acceso por calle Hermano Tomás Darbois N° 170 Comuna de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el Nº 58 al final del Registro de Propiedad del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. El dominio de la propiedad está inscrita a nombre del ejecutado Sergio Mauricio Dawson Miranda, a fojas 801 Nº 980 de 2018 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avaluó Nº 141-297 Comuna de Los Andes. Mínimo de subasta de la propiedad es la suma de $21.832.974.- El precio del remate debe pagarse íntegramente dentro de quinto día de efectuado el remate, mediante vale vista, deposito o transferencia a la cuenta corriente del Tribunal. El remate se realizará mediante video conferencia, a través de la plataforma zoom, siendo responsabilidad de cada compareciente contar con los dispositivos electrónicos que le permitan participar en forma remota. En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el Tribunal a través del teléfono 342421150. Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante valevista a la orden del Tribunal entregado en la Secretaría; b) Mediante deposito en la cuenta corriente del Tribunal Banco Estado N° 22500051829, Rut: 61.918.000-3 utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado ingresando a la dirección http://reca.pjud.cl/RECAWEB. No se admiten cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal “Remates”, una vez acompañado, se deberá remitir un correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl indicando en el asunto “POSTOR REMATE”, en el texto los datos de la causa y el nombre, Rut y teléfono del Postor, quien deberá señalar si comparece por si, o bien, en representación de un tercero, en cuyo caso deberá indicar igualmente el nombre y Rut de éste. El Acta de Remate deberá ser suscrita por el postor a más tardar dentro de tercero día de realizado, únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal de “Remates”. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 03/03/2026  
  Asamblea General Ordinaria de la Asociación Centro Exalumnos Instituto Comercial de Los Andes  
  Ampliar  
  Estimados socios: De acuerdo con los Estatutos de la Asociación, damos cumplimiento al artículo segundo transitorio y citamos a todos los socios, a la 2da.Asamblea General Ordinaria del Centro Ex Alumnos Instituto Comercial de Los Andes, a realizarse el sábado 07 de marzo de 2026 a las 10:30 horas, en el Liceo Comercial de Los Andes, Avenida Independencia N°615. Tabla: 1. Informe presidente Directorio Provisorio. 2. Informe secretaria Directorio Provisorio. 3. Elecciones período 2026- 2031: a) Elección Comisión de Elecciones (3 Socios), b) Elección Comisión Revisora de Cuentas (3 Socios), c) Elección Comisión de Ética y Disciplina (3 Socios) y d) Elección del Directorio, (6 directores) 4. Fijar el valor de la Cuota Ordinaria ( Art. 43 de los Estatutos) 5. Puntos Varios. Saludamos a Ud. y esperamos contar con su participación, que dará realce a las labores de esta Asociación. p.p. DIRECTORIO PROVISORIO CEA ICLA: Javier Orlando Silva Núñez, Presidente y María Elena Vargas León, Secretaria."  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 03/03/2026  
  REMATE  
  Ampliar Ampliar  
  En juicio ejecutivo, caratulado “BANCO DE CREDITO E INVERSIONES con GAJARDO”, Rol N° C-48-2025 del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, calle Carlos Díaz N° 46, el día 17 de marzo de 2026, a las 13:00 horas, por videoconferencia, plataforma Zoom, se llevará a efecto el remate del inmueble, LOTE CATORCE B MANZANA NUEVE del plano del Conjunto Habitacional “EL HORIZONTE SEGUNDA ETAPA”, ubicado Avenida DosHermano Fernando de la Fuente de la Fuente Nº 1882, de la ciudad, Comuna y Provincia de Los Andes. El título de dominio a nombre de CLAUDIA ISABEL SALAS PARRA se encuentra inscrito a fojas 1.811 vta. N° 2.399 del Registro de Propiedad, del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Mínimo para comenzar posturas, será la suma de $57.969.618.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de cinco días de efectuada la misma.- Para participar en la subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal o mediante Vale Vista a nombre del Tribunal. Todo interesado para participar en la subasta deberá cumplir con las exigencias indicadas en la resolución de fecha 19 de Mayo 2025, folio 14, las que se detallan a continuación: Los interesados deben contar con un dispositivo móvil (computador, teléfono y otros) con cámara, micrófono, audio y conexión a internet, siendo de su carga disponer de los medios tecnológicos y de conexión y tener activa la clave única del Estado, para eventual suscripción de Acta de Remate. Deben rendir caución sólo mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal N°22500051829, RUT N 61.918.000-3, o entregando Vale Vista a nombre del Tribunal, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha del remate, debiendo ingresar y enviar correspondientemente un escrito y un correo electrónico por la Oficina Judicial Virtual y por correo electrónico a la cuenta jl1_losandes@pjud.cl, donde señalarán: A) que acompañan comprobante que acredita haber rendido la garantía correspondiente; B) que participarán en la audiencia de remate en calidad de postor, debiendo indicar el rol de la causa, individualizarse, fijar un correo electrónico, un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión, con el fin de coordinar su participación en la subasta y recibir el link con la invitación respectiva. No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El acta de remate deber ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. La garantía para aquellos postores que no se adjudiquen el bien subastado se le restituirá dentro del plazo de 15 días hábiles, mediante cheque nominativo. A los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 03/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  REMATE a realizarse por videoconferencia por plataforma Zoom. 1° Juzgado de Letras de Los Andes ubicado en Avenida Carlos Díaz N° 46, día 31 de Marzo de 2026, a las 13:30 horas, juicio ejecutivo Rol N° C-1093-2025, con causa acumulada Rol C-1371-2025 del 2° Juzgado Letras de Los Andes caratulado “Scotiabank Chile con Dawson”, se subastará el Departamento N° 503 del 5° piso del Edificio Dos, del “Condominio I Hermanos Maristas”, con acceso por calle Hermano Tomás Darbois N° 170 Comuna de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el Nº 58 al final del Registro de Propiedad del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. El dominio de la propiedad está inscrita a nombre del ejecutado Sergio Mauricio Dawson Miranda, a fojas 801 Nº 980 de 2018 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avaluó Nº 141-297 Comuna de Los Andes. Mínimo de subasta de la propiedad es la suma de $21.832.974.- El precio del remate debe pagarse íntegramente dentro de quinto día de efectuado el remate, mediante vale vista, deposito o transferencia a la cuenta corriente del Tribunal. El remate se realizará mediante video conferencia, a través de la plataforma zoom, siendo responsabilidad de cada compareciente contar con los dispositivos electrónicos que le permitan participar en forma remota. En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el Tribunal a través del teléfono 342421150. Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante valevista a la orden del Tribunal entregado en la Secretaría; b) Mediante deposito en la cuenta corriente del Tribunal Banco Estado N° 22500051829, Rut: 61.918.000-3 utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado ingresando a la dirección http://reca.pjud.cl/RECAWEB. No se admiten cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal “Remates”, una vez acompañado, se deberá remitir un correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl indicando en el asunto “POSTOR REMATE”, en el texto los datos de la causa y el nombre, Rut y teléfono del Postor, quien deberá señalar si comparece por si, o bien, en representación de un tercero, en cuyo caso deberá indicar igualmente el nombre y Rut de éste. El Acta de Remate deberá ser suscrita por el postor a más tardar dentro de tercero día de realizado, únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal de “Remates”. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 02/03/2026  
  REMATE  
  Ampliar Ampliar  
  En juicio ejecutivo, caratulado “BANCO DE CREDITO E INVERSIONES con GAJARDO”, Rol N° C-48-2025 del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, calle Carlos Díaz N° 46, el día 17 de marzo de 2026, a las 13:00 horas, por videoconferencia, plataforma Zoom, se llevará a efecto el remate del inmueble, LOTE CATORCE B MANZANA NUEVE del plano del Conjunto Habitacional “EL HORIZONTE SEGUNDA ETAPA”, ubicado Avenida DosHermano Fernando de la Fuente de la Fuente Nº 1882, de la ciudad, Comuna y Provincia de Los Andes. El título de dominio a nombre de CLAUDIA ISABEL SALAS PARRA se encuentra inscrito a fojas 1.811 vta. N° 2.399 del Registro de Propiedad, del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Mínimo para comenzar posturas, será la suma de $57.969.618.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de cinco días de efectuada la misma.- Para participar en la subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal o mediante Vale Vista a nombre del Tribunal. Todo interesado para participar en la subasta deberá cumplir con las exigencias indicadas en la resolución de fecha 19 de Mayo 2025, folio 14, las que se detallan a continuación: Los interesados deben contar con un dispositivo móvil (computador, teléfono y otros) con cámara, micrófono, audio y conexión a internet, siendo de su carga disponer de los medios tecnológicos y de conexión y tener activa la clave única del Estado, para eventual suscripción de Acta de Remate. Deben rendir caución sólo mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal N°22500051829, RUT N 61.918.000-3, o entregando Vale Vista a nombre del Tribunal, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha del remate, debiendo ingresar y enviar correspondientemente un escrito y un correo electrónico por la Oficina Judicial Virtual y por correo electrónico a la cuenta jl1_losandes@pjud.cl, donde señalarán: A) que acompañan comprobante que acredita haber rendido la garantía correspondiente; B) que participarán en la audiencia de remate en calidad de postor, debiendo indicar el rol de la causa, individualizarse, fijar un correo electrónico, un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión, con el fin de coordinar su participación en la subasta y recibir el link con la invitación respectiva. No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El acta de remate deber ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. La garantía para aquellos postores que no se adjudiquen el bien subastado se le restituirá dentro del plazo de 15 días hábiles, mediante cheque nominativo. A los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 02/03/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  REMATE a realizarse por videoconferencia por plataforma Zoom. 1° Juzgado de Letras de Los Andes ubicado en Avenida Carlos Díaz N° 46, día 31 de Marzo de 2026, a las 13:30 horas, juicio ejecutivo Rol N° C-1093-2025, con causa acumulada Rol C-1371-2025 del 2° Juzgado Letras de Los Andes caratulado “Scotiabank Chile con Dawson”, se subastará el Departamento N° 503 del 5° piso del Edificio Dos, del “Condominio I Hermanos Maristas”, con acceso por calle Hermano Tomás Darbois N° 170 Comuna de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el Nº 58 al final del Registro de Propiedad del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. El dominio de la propiedad está inscrita a nombre del ejecutado Sergio Mauricio Dawson Miranda, a fojas 801 Nº 980 de 2018 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avaluó Nº 141-297 Comuna de Los Andes. Mínimo de subasta de la propiedad es la suma de $21.832.974.- El precio del remate debe pagarse íntegramente dentro de quinto día de efectuado el remate, mediante vale vista, deposito o transferencia a la cuenta corriente del Tribunal. El remate se realizará mediante video conferencia, a través de la plataforma zoom, siendo responsabilidad de cada compareciente contar con los dispositivos electrónicos que le permitan participar en forma remota. En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el Tribunal a través del teléfono 342421150. Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante valevista a la orden del Tribunal entregado en la Secretaría; b) Mediante deposito en la cuenta corriente del Tribunal Banco Estado N° 22500051829, Rut: 61.918.000-3 utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado ingresando a la dirección http://reca.pjud.cl/RECAWEB. No se admiten cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal “Remates”, una vez acompañado, se deberá remitir un correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl indicando en el asunto “POSTOR REMATE”, en el texto los datos de la causa y el nombre, Rut y teléfono del Postor, quien deberá señalar si comparece por si, o bien, en representación de un tercero, en cuyo caso deberá indicar igualmente el nombre y Rut de éste. El Acta de Remate deberá ser suscrita por el postor a más tardar dentro de tercero día de realizado, únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal de “Remates”. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 28/02/2026  
  REMATE  
  Ampliar Ampliar  
  En juicio ejecutivo, caratulado “BANCO DE CREDITO E INVERSIONES con GAJARDO”, Rol N° C-48-2025 del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, calle Carlos Díaz N° 46, el día 17 de marzo de 2026, a las 13:00 horas, por videoconferencia, plataforma Zoom, se llevará a efecto el remate del inmueble, LOTE CATORCE B MANZANA NUEVE del plano del Conjunto Habitacional “EL HORIZONTE SEGUNDA ETAPA”, ubicado Avenida DosHermano Fernando de la Fuente de la Fuente Nº 1882, de la ciudad, Comuna y Provincia de Los Andes. El título de dominio a nombre de CLAUDIA ISABEL SALAS PARRA se encuentra inscrito a fojas 1.811 vta. N° 2.399 del Registro de Propiedad, del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Mínimo para comenzar posturas, será la suma de $57.969.618.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de cinco días de efectuada la misma.- Para participar en la subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal o mediante Vale Vista a nombre del Tribunal. Todo interesado para participar en la subasta deberá cumplir con las exigencias indicadas en la resolución de fecha 19 de Mayo 2025, folio 14, las que se detallan a continuación: Los interesados deben contar con un dispositivo móvil (computador, teléfono y otros) con cámara, micrófono, audio y conexión a internet, siendo de su carga disponer de los medios tecnológicos y de conexión y tener activa la clave única del Estado, para eventual suscripción de Acta de Remate. Deben rendir caución sólo mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal N°22500051829, RUT N 61.918.000-3, o entregando Vale Vista a nombre del Tribunal, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha del remate, debiendo ingresar y enviar correspondientemente un escrito y un correo electrónico por la Oficina Judicial Virtual y por correo electrónico a la cuenta jl1_losandes@pjud.cl, donde señalarán: A) que acompañan comprobante que acredita haber rendido la garantía correspondiente; B) que participarán en la audiencia de remate en calidad de postor, debiendo indicar el rol de la causa, individualizarse, fijar un correo electrónico, un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión, con el fin de coordinar su participación en la subasta y recibir el link con la invitación respectiva. No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El acta de remate deber ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. La garantía para aquellos postores que no se adjudiquen el bien subastado se le restituirá dentro del plazo de 15 días hábiles, mediante cheque nominativo. A los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 27/02/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  Por sentencia de fecha 30 de diciembre de 2025, dictada por la señora Jueza del Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, en causa voluntaria Rol V-84-2025, caratulada “COLLAO/IBACACHE”, se concedió la posesión efectiva testamentaria de los bienes quedados al fallecimiento de MIGUEL ERNESTO IBACACHE VIDAL, ocurrido el 20 de mayo de 2024, cuyo último domicilio fue en Arturo Zuleta Guerrero N°1378, Población Bicentenario, comuna de Los Andes, a CRISTIAN ALEJANDRO COLLAO IBACACHE, RUT 13.248.434-1, en calidad de heredero universal testamentario, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. Testamento abierto otorgado ante el Notario de Los Andes don Max Ordoñez Urbina, con fecha 29 de enero de 2019.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 27/02/2026  
  REMATE  
  Ampliar Ampliar  
  En juicio ejecutivo, caratulado “BANCO DE CREDITO E INVERSIONES con GAJARDO”, Rol N° C-48-2025 del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, calle Carlos Díaz N° 46, el día 17 de marzo de 2026, a las 13:00 horas, por videoconferencia, plataforma Zoom, se llevará a efecto el remate del inmueble, LOTE CATORCE B MANZANA NUEVE del plano del Conjunto Habitacional “EL HORIZONTE SEGUNDA ETAPA”, ubicado Avenida DosHermano Fernando de la Fuente de la Fuente Nº 1882, de la ciudad, Comuna y Provincia de Los Andes. El título de dominio a nombre de CLAUDIA ISABEL SALAS PARRA se encuentra inscrito a fojas 1.811 vta. N° 2.399 del Registro de Propiedad, del año 2013 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Mínimo para comenzar posturas, será la suma de $57.969.618.- Precio se pagará al contado al momento de la subasta o dentro del plazo de cinco días de efectuada la misma.- Para participar en la subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas, mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal o mediante Vale Vista a nombre del Tribunal. Todo interesado para participar en la subasta deberá cumplir con las exigencias indicadas en la resolución de fecha 19 de Mayo 2025, folio 14, las que se detallan a continuación: Los interesados deben contar con un dispositivo móvil (computador, teléfono y otros) con cámara, micrófono, audio y conexión a internet, siendo de su carga disponer de los medios tecnológicos y de conexión y tener activa la clave única del Estado, para eventual suscripción de Acta de Remate. Deben rendir caución sólo mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal N°22500051829, RUT N 61.918.000-3, o entregando Vale Vista a nombre del Tribunal, hasta las 12:00 horas del día anterior a la fecha del remate, debiendo ingresar y enviar correspondientemente un escrito y un correo electrónico por la Oficina Judicial Virtual y por correo electrónico a la cuenta jl1_losandes@pjud.cl, donde señalarán: A) que acompañan comprobante que acredita haber rendido la garantía correspondiente; B) que participarán en la audiencia de remate en calidad de postor, debiendo indicar el rol de la causa, individualizarse, fijar un correo electrónico, un número telefónico para el caso en que se requiera contactarlo durante la subasta por problemas de conexión, con el fin de coordinar su participación en la subasta y recibir el link con la invitación respectiva. No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. El acta de remate deber ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. La garantía para aquellos postores que no se adjudiquen el bien subastado se le restituirá dentro del plazo de 15 días hábiles, mediante cheque nominativo. A los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 26/02/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  Por sentencia de fecha 30 de diciembre de 2025, dictada por la señora Jueza del Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, en causa voluntaria Rol V-84-2025, caratulada “COLLAO/IBACACHE”, se concedió la posesión efectiva testamentaria de los bienes quedados al fallecimiento de MIGUEL ERNESTO IBACACHE VIDAL, ocurrido el 20 de mayo de 2024, cuyo último domicilio fue en Arturo Zuleta Guerrero N°1378, Población Bicentenario, comuna de Los Andes, a CRISTIAN ALEJANDRO COLLAO IBACACHE, RUT 13.248.434-1, en calidad de heredero universal testamentario, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. Testamento abierto otorgado ante el Notario de Los Andes don Max Ordoñez Urbina, con fecha 29 de enero de 2019.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
     
  Publicado el 25/02/2026  
  EXTRACTO  
  Ampliar  
  Por sentencia de fecha 30 de diciembre de 2025, dictada por la señora Jueza del Segundo Juzgado de Letras de Los Andes, en causa voluntaria Rol V-84-2025, caratulada “COLLAO/IBACACHE”, se concedió la posesión efectiva testamentaria de los bienes quedados al fallecimiento de MIGUEL ERNESTO IBACACHE VIDAL, ocurrido el 20 de mayo de 2024, cuyo último domicilio fue en Arturo Zuleta Guerrero N°1378, Población Bicentenario, comuna de Los Andes, a CRISTIAN ALEJANDRO COLLAO IBACACHE, RUT 13.248.434-1, en calidad de heredero universal testamentario, sin perjuicio de otros herederos de igual o mejor derecho. Testamento abierto otorgado ante el Notario de Los Andes don Max Ordoñez Urbina, con fecha 29 de enero de 2019.  
     
 
facebook   twitter
volver
 
 
 
1  234567891011121314151617181920212223242526272829303132333435363738394041424344454647484950515253545556575859606162636465666768697071727374757677787980818283848586878889   >>