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  Publicado el 14/09/2024  
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  En juicio Ejecutivo, caratulado “BANCO DE CHILE CON TAPIA”, Rol Nº C-660-2022, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 11 de Octubre de 2024 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al LOTE NUMERO TRES, resultante de la subdivisión de una propiedad raíz ubicada en Calle La Palma de la Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el N° 583 al final del Registro de Propiedad del año 2011, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, encerrado en el polígono c-d-e-f-c, de una superficie de cuatrocientos noventa y tres coma cincuenta y tres metros cuadrados, inscrito a fs. 1847 N° 1973 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo de la Propiedad Nº 29-27, de la Comuna de Calle Larga. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $57.837.216.- El precio total de la adjudicación deberá ser pagado al contado mediante Vale Vista a la orden del tribunal o Cupón de Pago del Banco Estado a la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del quinto da hábil contado desde la fecha del remate. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. (10) El ejecutante deberá acompañar las publicaciones del remate a más tardar a las 12:00 del día hábil previo a la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta . Secretaria.  
     
 
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  Publicado el 13/09/2024  
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  Por orden de Juez Arbitro doña GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA, en juicio particional caratulado ”ANDESMOP LTDA. CON URBINA Y OTROS" el miércoles 25 Septiembre de 2024, a las 17:15 horas, en la Notaría Cristóbal Aylwin Domingo, ubicada Av. Alessandri 1609, Local 4-A, San Esteban, sede del Tribunal Arbitral, y/o por videoconferencia, mediante la aplicación zoom, ID 78158156225, contraseña 123, o link que oportunamente enviará o reenviará la Señora Juez Partidor a los mandatarios de las partes, y a los postores que hubiesen consignado posturas mínimas en forma y fecha que más adelante se indica, a sus respectivos correos electrónicos, se rematará inmueble ubicado en Avenida Perú con Pasaje Collao, Población Viña del Mar Ex Perú Chacay de Los Andes. Superficie 154 metros cuadrados, inscrita a nombre de sus propietarios a fojas 328 N° 615 del año 1996; a fojas 618 N° 978 del año 2005 y a fojas 609 vuelta, N° 795 del año 2020 todas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol Avalúo 255-83 de la Comuna de Los Andes. El mínimo de las posturas será la suma de $66.666.667.- (sesenta y seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos).- Precio pagadero al contado, dentro de décimo día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante Vale Vista nominativo a nombre de la Juez Arbitro GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA.- Todo postor deberá hacer llegar a la sede del Tribunal Arbitral señalada un vale vista nominativo a nombre de doña GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA, que deberá entregar Al Actuario el día y hora de la subasta, por el 10% del señalado mínimo.- Bases y demás antecedentes consultar juicio indicado en la sede del Tribunal Arbitral antes señalada.-  
     
 
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  Ante el 1° Juzgado de Letras de Los Andes, en autos voluntarios Rol V-8-2024 mediante sentencia de fecha 27 de junio de 2024, se concedió la posesión efectiva testada quedada al fallecimiento de doña MARIA ETELVINA CISTERNA VEGA, RUN N°3.865.556-6; a las siguientes personas: JORGE MANUEL ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.287-1; LUIS ALFONSO ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.290-1; MARÍA SALOMÉ DEL ROSARIO ZAVALA CISTERNA, RUN N°9.458.047-1; JUAN ANTONIO EVARISTO ZAVALA CISTERNA, RUN N°7.789.808-5; MARGARITA SOLEDAD ZAVALA CISTERNA, RUN N°13.184.427-1; SANDRA DE LAS MERCEDES ZAVALA CISTERNA, RUN N°10.509.144- 3; MARIA LUISA ROJAS CISTERNA, RUN N°7.159.747-4; ARACELI SOLANGE ZAVALA NÚÑEZ, RUN N°15.060.821-K y PATRICIO ANDRÉS ZAVALA NÚÑEZ, RUN N°15.060.821-K, por derecho de representación de su padre EDUARDO PATRICIO ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.242-1. Testamento otorgado el día 15 de octubre de 2015, ante Notario Público de Los Andes, doña Marta Rivas Schulz.  
     
 
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  En juicio Ejecutivo, caratulado “BANCO DE CHILE CON TAPIA”, Rol Nº C-660-2022, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 11 de Octubre de 2024 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al LOTE NUMERO TRES, resultante de la subdivisión de una propiedad raíz ubicada en Calle La Palma de la Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el N° 583 al final del Registro de Propiedad del año 2011, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, encerrado en el polígono c-d-e-f-c, de una superficie de cuatrocientos noventa y tres coma cincuenta y tres metros cuadrados, inscrito a fs. 1847 N° 1973 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo de la Propiedad Nº 29-27, de la Comuna de Calle Larga. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $57.837.216.- El precio total de la adjudicación deberá ser pagado al contado mediante Vale Vista a la orden del tribunal o Cupón de Pago del Banco Estado a la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del quinto da hábil contado desde la fecha del remate. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. (10) El ejecutante deberá acompañar las publicaciones del remate a más tardar a las 12:00 del día hábil previo a la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta . Secretaria.  
     
 
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  1° Juzgado de Letras de Los Andes, en causa Rol V-99-2019, caratulada Avilés/ Onell, mediante sentencia de fecha 06 de Junio de 2020, se concedió posesión efectiva de la herencia de la causante doña María Alicia Onell Quiñones, cédula nacional de identidad número 1.810.112-2 a su heredera universal testamentaria María Eugenia Avilés Onell, cédula nacional de identidad número 5.404.238-8. El Secretario.  
     
 
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  Por orden de Juez Arbitro doña GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA, en juicio particional caratulado ”ANDESMOP LTDA. CON URBINA Y OTROS" el miércoles 25 Septiembre de 2024, a las 17:15 horas, en la Notaría Cristóbal Aylwin Domingo, ubicada Av. Alessandri 1609, Local 4-A, San Esteban, sede del Tribunal Arbitral, y/o por videoconferencia, mediante la aplicación zoom, ID 78158156225, contraseña 123, o link que oportunamente enviará o reenviará la Señora Juez Partidor a los mandatarios de las partes, y a los postores que hubiesen consignado posturas mínimas en forma y fecha que más adelante se indica, a sus respectivos correos electrónicos, se rematará inmueble ubicado en Avenida Perú con Pasaje Collao, Población Viña del Mar Ex Perú Chacay de Los Andes. Superficie 154 metros cuadrados, inscrita a nombre de sus propietarios a fojas 328 N° 615 del año 1996; a fojas 618 N° 978 del año 2005 y a fojas 609 vuelta, N° 795 del año 2020 todas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol Avalúo 255-83 de la Comuna de Los Andes. El mínimo de las posturas será la suma de $66.666.667.- (sesenta y seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos).- Precio pagadero al contado, dentro de décimo día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante Vale Vista nominativo a nombre de la Juez Arbitro GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA.- Todo postor deberá hacer llegar a la sede del Tribunal Arbitral señalada un vale vista nominativo a nombre de doña GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA, que deberá entregar Al Actuario el día y hora de la subasta, por el 10% del señalado mínimo.- Bases y demás antecedentes consultar juicio indicado en la sede del Tribunal Arbitral antes señalada.-  
     
 
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  Ante el 1° Juzgado de Letras de Los Andes, en autos voluntarios Rol V-8-2024 mediante sentencia de fecha 27 de junio de 2024, se concedió la posesión efectiva testada quedada al fallecimiento de doña MARIA ETELVINA CISTERNA VEGA, RUN N°3.865.556-6; a las siguientes personas: JORGE MANUEL ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.287-1; LUIS ALFONSO ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.290-1; MARÍA SALOMÉ DEL ROSARIO ZAVALA CISTERNA, RUN N°9.458.047-1; JUAN ANTONIO EVARISTO ZAVALA CISTERNA, RUN N°7.789.808-5; MARGARITA SOLEDAD ZAVALA CISTERNA, RUN N°13.184.427-1; SANDRA DE LAS MERCEDES ZAVALA CISTERNA, RUN N°10.509.144- 3; MARIA LUISA ROJAS CISTERNA, RUN N°7.159.747-4; ARACELI SOLANGE ZAVALA NÚÑEZ, RUN N°15.060.821-K y PATRICIO ANDRÉS ZAVALA NÚÑEZ, RUN N°15.060.821-K, por derecho de representación de su padre EDUARDO PATRICIO ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.242-1. Testamento otorgado el día 15 de octubre de 2015, ante Notario Público de Los Andes, doña Marta Rivas Schulz.  
     
 
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  En juicio Ejecutivo, caratulado “BANCO DE CHILE CON TAPIA”, Rol Nº C-660-2022, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 11 de Octubre de 2024 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al LOTE NUMERO TRES, resultante de la subdivisión de una propiedad raíz ubicada en Calle La Palma de la Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el N° 583 al final del Registro de Propiedad del año 2011, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, encerrado en el polígono c-d-e-f-c, de una superficie de cuatrocientos noventa y tres coma cincuenta y tres metros cuadrados, inscrito a fs. 1847 N° 1973 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo de la Propiedad Nº 29-27, de la Comuna de Calle Larga. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $57.837.216.- El precio total de la adjudicación deberá ser pagado al contado mediante Vale Vista a la orden del tribunal o Cupón de Pago del Banco Estado a la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del quinto da hábil contado desde la fecha del remate. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. (10) El ejecutante deberá acompañar las publicaciones del remate a más tardar a las 12:00 del día hábil previo a la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta . Secretaria.  
     
 
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  1° Juzgado de Letras de Los Andes, en causa Rol V-99-2019, caratulada Avilés/ Onell, mediante sentencia de fecha 06 de Junio de 2020, se concedió posesión efectiva de la herencia de la causante doña María Alicia Onell Quiñones, cédula nacional de identidad número 1.810.112-2 a su heredera universal testamentaria María Eugenia Avilés Onell, cédula nacional de identidad número 5.404.238-8. El Secretario.  
     
 
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  Publicado el 11/09/2024  
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  Ante el 1° Juzgado de Letras de Los Andes, en autos voluntarios Rol V-8-2024 mediante sentencia de fecha 27 de junio de 2024, se concedió la posesión efectiva testada quedada al fallecimiento de doña MARIA ETELVINA CISTERNA VEGA, RUN N°3.865.556-6; a las siguientes personas: JORGE MANUEL ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.287-1; LUIS ALFONSO ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.290-1; MARÍA SALOMÉ DEL ROSARIO ZAVALA CISTERNA, RUN N°9.458.047-1; JUAN ANTONIO EVARISTO ZAVALA CISTERNA, RUN N°7.789.808-5; MARGARITA SOLEDAD ZAVALA CISTERNA, RUN N°13.184.427-1; SANDRA DE LAS MERCEDES ZAVALA CISTERNA, RUN N°10.509.144- 3; MARIA LUISA ROJAS CISTERNA, RUN N°7.159.747-4; ARACELI SOLANGE ZAVALA NÚÑEZ, RUN N°15.060.821-K y PATRICIO ANDRÉS ZAVALA NÚÑEZ, RUN N°15.060.821-K, por derecho de representación de su padre EDUARDO PATRICIO ZAVALA CISTERNA, RUN N°8.071.242-1. Testamento otorgado el día 15 de octubre de 2015, ante Notario Público de Los Andes, doña Marta Rivas Schulz.  
     
 
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  En juicio Ejecutivo, caratulado “BANCO DE CHILE CON TAPIA”, Rol Nº C-660-2022, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 11 de Octubre de 2024 a las 13:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente al LOTE NUMERO TRES, resultante de la subdivisión de una propiedad raíz ubicada en Calle La Palma de la Comuna de Calle Larga, Provincia de Los Andes, individualizado en el plano que se encuentra protocolizado bajo el N° 583 al final del Registro de Propiedad del año 2011, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes, encerrado en el polígono c-d-e-f-c, de una superficie de cuatrocientos noventa y tres coma cincuenta y tres metros cuadrados, inscrito a fs. 1847 N° 1973 del Registro de Propiedad del año 2011 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo de la Propiedad Nº 29-27, de la Comuna de Calle Larga. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $57.837.216.- El precio total de la adjudicación deberá ser pagado al contado mediante Vale Vista a la orden del tribunal o Cupón de Pago del Banco Estado a la cuenta corriente bancaria del Tribunal, a más tardar dentro del quinto da hábil contado desde la fecha del remate. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas y cumplir con las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deberá rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. (10) El ejecutante deberá acompañar las publicaciones del remate a más tardar a las 12:00 del día hábil previo a la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta . Secretaria.  
     
 
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  Publicado el 10/09/2024  
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  Por orden de Juez Arbitro doña GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA, en juicio particional caratulado ”ANDESMOP LTDA. CON URBINA Y OTROS" el miércoles 25 Septiembre de 2024, a las 17:15 horas, en la Notaría Cristóbal Aylwin Domingo, ubicada Av. Alessandri 1609, Local 4-A, San Esteban, sede del Tribunal Arbitral, y/o por videoconferencia, mediante la aplicación zoom, ID 78158156225, contraseña 123, o link que oportunamente enviará o reenviará la Señora Juez Partidor a los mandatarios de las partes, y a los postores que hubiesen consignado posturas mínimas en forma y fecha que más adelante se indica, a sus respectivos correos electrónicos, se rematará inmueble ubicado en Avenida Perú con Pasaje Collao, Población Viña del Mar Ex Perú Chacay de Los Andes. Superficie 154 metros cuadrados, inscrita a nombre de sus propietarios a fojas 328 N° 615 del año 1996; a fojas 618 N° 978 del año 2005 y a fojas 609 vuelta, N° 795 del año 2020 todas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol Avalúo 255-83 de la Comuna de Los Andes. El mínimo de las posturas será la suma de $66.666.667.- (sesenta y seis millones seiscientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y siete pesos).- Precio pagadero al contado, dentro de décimo día hábil siguiente a la fecha de la subasta, mediante Vale Vista nominativo a nombre de la Juez Arbitro GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA.- Todo postor deberá hacer llegar a la sede del Tribunal Arbitral señalada un vale vista nominativo a nombre de doña GUILLERMINA MALDONADO GORIGOITIA, que deberá entregar Al Actuario el día y hora de la subasta, por el 10% del señalado mínimo.- Bases y demás antecedentes consultar juicio indicado en la sede del Tribunal Arbitral antes señalada.-  
     
 
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  Publicado el 10/09/2024  
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  El consejo de administración de la Agrícola y Ganadera San Vicente S.P.A. cita a sus accionistas a reunión extraordinaria de asamblea, el sábado 14 de septiembre en el salón del comité de agua potable rural Las Calderas de San Vicente. - En Primera Citación a las 9.30 horas. - En Segunda Citación a las 10 horas. TABLA 1° Elección nuevo Consejo de administración, (Periodo 2024 - 2026) Se solicita puntualidad y asistencia obligatoria. EL CONSEJO  
     
 
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  Publicado el 09/09/2024  
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  El consejo de administración de la Agrícola y Ganadera San Vicente S.P.A. cita a sus accionistas a reunión extraordinaria de asamblea, el sábado 14 de septiembre en el salón del comité de agua potable rural Las Calderas de San Vicente. - En Primera Citación a las 9.30 horas. - En Segunda Citación a las 10 horas. TABLA 1° Elección nuevo Consejo de administración, (Periodo 2024 - 2026) Se solicita puntualidad y asistencia obligatoria. EL CONSEJO  
     
 
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  Publicado el 06/09/2024  
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  El consejo de administración de la Agrícola y Ganadera San Vicente S.P.A. cita a sus accionistas a reunión extraordinaria de asamblea, el sábado 14 de septiembre en el salón del comité de agua potable rural Las Calderas de San Vicente. - En Primera Citación a las 9.30 horas. - En Segunda Citación a las 10 horas. TABLA 1° Elección nuevo Consejo de administración, (Periodo 2024 - 2026) Se solicita puntualidad y asistencia obligatoria. EL CONSEJO  
     
 
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  Publicado el 05/09/2024  
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  Por resolución de fecha 03 de julio del 2024, en los autos Rol V-9-2024, del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Manuel Secundino Arancibia, conocido también como Manuel Arancibia Arancibia, Rut 2.600.806-9, a doña Amanda Rosa Arancibia Arancibia, Rut 8.364.218-1, como cesionaria, y a don Oscar Hernán Pastrán Arancibia, Rut 6.117.798-1, y además ambos, en su calidad de herederos universales, de los bienes del causante, según testamento cerrado otorgado ante el Notario público de San Felipe don Jaime Polloni Contardo, con fecha 23 de octubre del 2023. Se ordenó practicar las publicaciones legales.  
     
 
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  Publicado el 04/09/2024  
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  Por resolución de fecha 03 de julio del 2024, en los autos Rol V-9-2024, del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Manuel Secundino Arancibia, conocido también como Manuel Arancibia Arancibia, Rut 2.600.806-9, a doña Amanda Rosa Arancibia Arancibia, Rut 8.364.218-1, como cesionaria, y a don Oscar Hernán Pastrán Arancibia, Rut 6.117.798-1, y además ambos, en su calidad de herederos universales, de los bienes del causante, según testamento cerrado otorgado ante el Notario público de San Felipe don Jaime Polloni Contardo, con fecha 23 de octubre del 2023. Se ordenó practicar las publicaciones legales.  
     
 
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  Publicado el 03/09/2024  
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  Por resolución de fecha 03 de julio del 2024, en los autos Rol V-9-2024, del 1° Juzgado de Letras de Los Andes, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Manuel Secundino Arancibia, conocido también como Manuel Arancibia Arancibia, Rut 2.600.806-9, a doña Amanda Rosa Arancibia Arancibia, Rut 8.364.218-1, como cesionaria, y a don Oscar Hernán Pastrán Arancibia, Rut 6.117.798-1, y además ambos, en su calidad de herederos universales, de los bienes del causante, según testamento cerrado otorgado ante el Notario público de San Felipe don Jaime Polloni Contardo, con fecha 23 de octubre del 2023. Se ordenó practicar las publicaciones legales.  
     
 
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  Publicado el 30/08/2024  
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  Ante 1° Juzgado Letras Los Andes, juicio ejecutivo Rol C- 2315-2023, caratulado " Scotiabank Chile con Gallardo” por resolución 9 Agosto 2024, se ordenó notificar y requerir de pago por avisos demanda ejecutiva de Scotiabank Chile en contra de Soledad Alejandra Gallardo Cerda Rut 12.446.814-0, Arquitecto, con domicilio en Depto Nº 501, del 5 piso, del Edificio 4, del Condominio Villa Hermanos Maristas, con acceso por calle Hermano Tomas Darbois Nº 175 Los Andes y en Calle La Gloria 77 Departamento 302 C Las Condes, por adeudar las obligaciones siguientes 1° por escritura pública de 30 de Julio de 2015 otorgada en la Notaria de San Felipe de Jaime Polloni Contardo, Repertorio N° 1764-2015, el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, actual Scotiabank Chile, dio en préstamo a la ejecutada el mutuo Operación Nº 70063010987 por 1000 Unidades de Fomento para enterar el precio de compraventa de propiedad, sujeto la Ley 18.010 y a las cláusulas de esa escritura. La deudora se dio por recibida del préstamo y se obligó a pagar el mutuo en 298 dividendos o cuotas mensuales de 5,33 Unidades de Fomento, todos iguales. El vencimiento del primer dividendo tendrá lugar el día primero del segundo mes a la “fecha del desembolso efectivo del crédito”, el que se entenderá aquella en que el Banco lo entregue al vendedor, o sea mediante transferencia electrónica o mediante la emisión del correspondiente instrumento de pago. Los dividendos se pagaran en forma mensual, vencida, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente. En la cláusula octava, se estableció que el capital adeudado devengará una tasa de interés del 3,99% anual a contar de la “fecha del desembolso efectivo del crédito”. En la clausula noveno se consignó que en el evento que la deudora no pague el dividendo dentro del plazo establecido, éste devengará desde el día siguiente a aquel en que debió haberse pagado y hasta la fecha de su pago, un interés penal igual al máximo convencional correspondiente.Asimismo, en la cláusula décimo tercero, la deudora a fin de garantizar al Banco el cumplimiento de las obligaciones que da cuenta esta escritura y para garantizar también cualquiera obligación que en el futuro tuviere en favor del Banco como deudora principal, fiadora o a cualquier otro título, constituyó hipoteca sobre el Depto. Nº 501, del 5° piso del Edificio Cuatro, Condominio III Hermanos Maristas, con acceso por Hermano Tomás Darbois Nº 175 Comuna de Los Andes inscrito a su nombre a fojas 2323 N° 2966 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Por otra parte, se estableció en la cláusula décimo octavo letra A, la facultad del Banco para, hacer exigible la totalidad del mutuo y caducados todos los plazos que la deudora tuviere si incurre en mora en el pago de cualquier dividendo o cuota de capital y/o intereses más de 15 días contados desde la mora o retardo. Es el caso que la obligada, ha incurrido en las causales de exigibilidad anticipada de esta obligación, por cuanto dejó de pagar esta obligación desde la cuota N° 96 con vencimiento el 10 de Octubre de 2023, de manera que esta deuda se ha hecho exigible en su totalidad y que alcanza al día 16 de Noviembre de 2023 a 798,1773 Unidades de Fomento, que al valor de esa Unidad a ese día, la deuda asciende a $29.130.135.- más intereses pactados y moratorios hasta su pago.2.- Pagare Postergación de pagos de dividendos mensuales: El Banco puso a disposición de clientes hipotecarios un procedimiento para postergar algunas cuotas de estos créditos, atendida a la pandemia, para lo cual se suscribió el pagaré, en cuya virtud las cuotas postergadas se pagan al final del crédito inicial, manteniéndose inalterable el resto de las condiciones.- Pagare en Cuotas ( Postergación de dividendos Hipotecarios) Operación N° 710095853704, suscrito el 27 de Abril de 2020 por don Gino Paolo Beneventi Alfaro , Rut 10.647.408-7, empleado, del mismo domicilio del Banco, en representación de Scotiabank Chile, actuando como mandatario de la deudora por 19,42 Unidades de Fomento por concepto de capital, que devenga un interés del 3,99% anual: El capital y los intereses se obligó a pagarlos en 3 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 2 cuotas de 11,78 UF cada una y la última por 11,78 UF, siendo el primer vencimiento el 1 de Septiembre de 2040 y los restantes los días 1 de cada mes. Este pagaré fue suscrito por el mandatario del Banco de acuerdo al Contrato de Operaciones Bancarias para Personas Naturales suscrito por la deudora con fecha 12 de Junio de 2015 descrito en la demanda ejecutiva. Como consecuencia de la exigibilidad anticipada del mutuo hipotecario adeudado, se ha hecho exigible en su totalidad este Pagare de Postergación de Cuotas que alcanzan al día 16 de Noviembre de 2023 a 19,42 Unidades de Fomento, que al valor de esa Unidad, esta deuda asciende a $708.749.- más intereses, hasta su pago efectivo. 3.- Por escritura pública de fecha 29 de Junio de 2016 otorgada en Notaria Pública de San Felipe de Jaime Polloni Contardo, Repertorio N° 1512-2016, el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, actual Scotiabank Chile, dio en préstamo y entregó a la ejecutada ya individualizada el mutuo Operación Nº 700630104552 por 1.087 Unidades de Fomento para enterar el precio de la compraventa de una propiedad, sujeto a las cláusulas de esa escritura. La deudora se obligó a pagar el mutuo en 238 dividendos mensuales y sucesivas de 6,76 Unidades de Fomento cada uno de ellos. El vencimiento del primer dividendo o cuota tendrá lugar el día 1° del 4° mes a la “fecha del desembolso efectivo del crédito”. Se entenderá por “fecha del desembolso efectivo del crédito” aquella en que el Banco lo entregue al vendedor. Los dividendos se pagaran en forma mensual, vencida, dentro de los primeros 10 días del mes siguiente. En la cláusula décimo segunda, se estableció que el capital adeudado devengara una tasa de interés del 3,99% anual a contar de la “fecha del desembolso efectivo del crédito”. En la cláusula décimo tercero se estableció que en el evento que la deudora no pague el dividendo dentro del plazo establecido, este devengará desde el día siguiente a aquel en que debió haberse un interés igual al máximo convencional. Asimismo, en la cláusula décimo séptimo, la deudora a fin de garantizar al Banco el cumplimiento de las obligaciones que da cuenta la escritura y cualquiera obligación que en el futuro tuviere en favor del Banco, constituyó hipoteca sobre la propiedad que corresponde al Depto Nº 307, del 3° piso del Edificio 12 del “Condominio Villa Hermanos Maristas”, con acceso por Hermano Jacinto Nº 199 Los Andes inscrito a su nombre a fojas 1636 N° 2106 del Registro de Propiedad del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. En la referida escritura se estableció en la cláusula vigésimo segunda letra a) la facultad del Banco para exigir anticipadamente la totalidad del monto y caducados todos los plazos que la deudora tuviere si incurre en mora en el pago de cualquier dividendo o cuota de capital y/o intereses más de 15 días contados desde la mora o retardo. Es el caso que la obligada al pago, ha incurrido en la causal de exigibilidad anticipada de esta obligación, por cuanto dejó de pagar la obligación señalada desde la cuota mensual N° 87 con vencimiento el 10 de Junio de 2023 y las siguientes, de manera que esta deuda se ha hecho exigible en su totalidad y que alcanza al 16 de Noviembre de 2023 a 818,3001 Unidades de Fomento, que al valor de esa Unidad a ese día, la deuda asciende a $29.864.533.- más intereses pactados y moratorios. 4.- Pagare Postergación de pagos de dividendos mensuales: El Banco puso a disposición de clientes hipotecarios un procedimiento simplificado para postergar créditos hipotecarios, atendida a la pandemia, para lo cual se suscribió el pagaré que se indica, en cuya virtud las cuotas postergadas, del mutuo hipotecario anterior, se pagan al final del crédito inicial, manteniéndose inalterable el resto de las condiciones. - Pagare en Cuotas ( Postergación de dividendos Hipotecarios) Operación N° 710095887759, suscrito con fecha 27 de Abril de 2020 por don Gino Paolo Beneventi Alfaro , Rut 10.647.408-7, empleado, del mismo domicilio del Banco, en representación de Scotiabank Chile, actuando como mandatario de la deudora por 22,72 Unidades de Fomento por concepto de capital, que devenga un interés del 3,99% anual, interés.El capital y los intereses se obligó a pagarlos en 3 cuotas mensuales y sucesivas. Las primeras 2 cuotas por 12,39 UF cada una y la última por 12,39 UF, siendo el primer vencimiento el 03 de Marzo de 2036 y los restantes los días 3 de cada mes. Este pagaré fue suscrito por el mandatario del Banco de acuerdo al Contrato de Operaciones Bancarias para Personas Naturales suscrito por la deudora el 12 de Junio del año 2015 descrito en la demanda ejecutiva. Como consecuencia de la exigibilidad anterior del mutuo hipotecario adeudado por la ejecutada, se ha hecho exigible en su totalidad este Pagare de Postergación que al 16 de Noviembre de 2023 alcanza a 22,72 Unidades de Fomento, y la deuda asciende a $829.185.- más intereses pactados y moratorios. De esta manera de acuerdo a lo expuesto en esta demanda ejecutiva la ejecutada adeuda al Banco al equivalente 1.658,6174 Unidades de Fomento que alcanzan a la suma de $60.532.602.-, que corresponde al total de las 4 obligaciones descritas precedentemente y que se adeudan desde las fechas indicadas en cada caso, y que deben ser pagadas más intereses pactados y moratorios hasta su pago efectivo. Las obligaciones antes referidas, se encuentran constituidas la primera y tercera por escritura pública, que es título ejecutivo de acuerdo al artículo 434 Nº 2 del Código de Procedimiento Civil y las obligación Nº 2 y 4 por pagarés cuyas firmas del suscriptor se encuentran autorizadas ante Notario Público, motivo por lo cual, las obligaciones son líquidas, actualmente exigibles y la acción no se encuentra prescrita. Por resolución del Tribunal de 5 de Diciembre de 2023, se ordenó despachar mandamiento de ejecución y embargo en contra de la deudora por $ 60.532.602- más intereses y costas y se tuvo por acompañadas los documentos materia de la demanda con citación. Se ordenó notificar y requerir de pago a la ejecutada por avisos de acuerdo a extracto publicado en Diario "Los Andes Online” y Diario Oficial.. Lo que notifico y requiero de pago a la ejecutada Soledad Alejandra Gallardo Cerda Demás antecedentes en juicio ejecutivo indicado. Secretaria.  
     
 
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