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Publicado el 12/09/2022 |
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REMATE |
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REMATE: 18°JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Huérfanos 1409, el 29 de septiembre de 2022 a las 9:30 horas, rematará sitio y casa de calle Parinacota N° 292 Comuna y Provincia de Los Andes, Lote Cuatro, Manzana Cuatro del Conjunto Habitacional LOS MAYTAS, inscrito a fojas 426 N° 633 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes del año 2008. Mínimo de la subasta: $53.291.596.- El precio de la subasta se pagará dentro de quinto día hábil contado desde la fecha del remate. Para participar en la subasta los interesados deberán rendir una garantía de un 10% del mínimo para cada uno de los remates. La garantía se constituirá mediante vale vista bancario, cupón de pago en Banco Estado, depósito judicial, o transferencia electrónica en la cuenta corriente del tribunal quedando cada postor responsable de verificar que se efectúe oportuna y correctamente en la causa. En caso de constituirse la garantía mediante vale vista bancario el postor deberá entregarlo al Ministro de Fe del Tribunal. Cada postor deberá remitir al correo electrónico jcsantiago18@pjud.cl el comprobante legible de haber rendido la garantía, su individualización, indicando el número de rol de la causa, con a lo menos 3 días hábiles previos a la fecha del remate, indicando un correo electrónico y número telefónico para ser contactado por el Tribunal. El remate se efectuará por videoconferencia vía Zoom.us de conformidad con las normas del Auto Acordado N° 13-2021 de la Excma. Corte Suprema. Demás bases y antecedentes en autos “SCOTIABANK CHILE con TELLO” rol 724-2022. El Secretario. |
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Publicado el 01/09/2022 |
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1° Juzgado Civil de Los Andes, en causa Rol V-53-2022, sobre Posesión Efectiva Testamentaria caratulada BRIONES/AHUMADA, con fecha 24 de agosto 2022, se concedió posesión efectiva de herencia testamentaria, quedada al fallecimiento de doña HERMINIA ROSA AHUMADA MONTENEGRO, CI 4.275.641-5, en calidad de herederos universales a sus hijos: ROSA ELIZABETH BRIONES AHUMADA, CI 9.548.105-1; NOEMI RUTH BRIONES AHUMADA, CI 9.548.106-k; DANIEL JEREMIAS BRIONES AHUMADA, CI 9.140.910-0; ISRAEL GEDEON BRIONES AHUMADA, CI 10.089.586-2 y PRISCILA ESTER BRIONES AHUMADA, CI 10.089.376-2, según consta de testamento abierto otorgado con fecha 12/10/2018, ante la Notario Gloria Isabel Ordoñez Cortés, Suplente del Titular don Max Ordoñez Urrutia de la comuna de Los Andes, sin prejuicio de otros herederos con igual o mejor derecho.- El Secretario.- |
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Publicado el 01/09/2022 |
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Primer Juzgado de Letras de Los Andes, causa ROL V-29-2022, sobre Interdicción
por demencia, sentencia de fecha 16/08/2022, decretó la interdicción definitiva
por demencia de HUGO RIGOBERTO ENRIQUE SARMIENTO
MORENO, RUN 4.001.928-6, quedando privado de la administración de sus
bienes. Se nombra curador definitivo a favor de la persona de Hugo Rigoberto
Enrique Sarmiento Moreno y de sus bienes a su hijo RONNY RODRIGO
SARMIENTO VALDES, RUN 15.730.983-8, docente, domiciliado en Carlos
Salas N° 744 Villa Jardines de La Troya de la Comuna de San Felipe. El
Secretario.- |
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Publicado el 31/08/2022 |
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1° Juzgado Civil de Los Andes, en causa Rol V-53-2022, sobre Posesión Efectiva Testamentaria caratulada BRIONES/AHUMADA, con fecha 24 de agosto 2022, se concedió posesión efectiva de herencia testamentaria, quedada al fallecimiento de doña HERMINIA ROSA AHUMADA MONTENEGRO, CI 4.275.641-5, en calidad de herederos universales a sus hijos: ROSA ELIZABETH BRIONES AHUMADA, CI 9.548.105-1; NOEMI RUTH BRIONES AHUMADA, CI 9.548.106-k; DANIEL JEREMIAS BRIONES AHUMADA, CI 9.140.910-0; ISRAEL GEDEON BRIONES AHUMADA, CI 10.089.586-2 y PRISCILA ESTER BRIONES AHUMADA, CI 10.089.376-2, según consta de testamento abierto otorgado con fecha 12/10/2018, ante la Notario Gloria Isabel Ordoñez Cortés, Suplente del Titular don Max Ordoñez Urrutia de la comuna de Los Andes, sin prejuicio de otros herederos con igual o mejor derecho.- El Secretario.- |
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Publicado el 31/08/2022 |
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EXTRACTO SENTENCIA INTERDICCIÓN POR DEMENCIA |
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Con fecha 30 de junio de 2022, a folio 40 en autos sobre procedimiento voluntario sobre interdicción por demencia, caratulado “AHUMADA”, causa ROL V-30-2020, del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, se resolvió: “I.- Que, se hace lugar a la solicitud y se declara en forma definitiva la interdicción por demencia de Iris del Carmen Espinoza, cédula nacional de identidad N° 8.730.842-1, nacida el 17 de mayo 1963, Inscripción de Nacimiento N° 698, Circunscripción Santa Rosa, del año 1963. II.- Procédase a las inscripciones y publicaciones ordenadas en el artículo 447 del Código Civil. III.- Se nombra curador definitivo a favor de la persona de Iris del Carmen Espinoza Silva y de sus bienes a su cónyuge, Víctor Leónidas Ahumada Espinoza, cédula de identidad N° 8.390.613-8, quien deberá aceptar el cargo de forma legal. IV.- Que se exime a al curador designado del deber de reducir a escritura pública el discernimiento, de rendir fianza y de confeccionar inventario solemne. V.- Que el curador designado deberá confeccionar un apunte privado respecto de los bienes del interdicto, con las formalidades del artículo 380 del Código Civil. VI.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento.” |
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1° Juzgado Civil de Los Andes, en causa Rol V-53-2022, sobre Posesión Efectiva Testamentaria caratulada BRIONES/AHUMADA, con fecha 24 de agosto 2022, se concedió posesión efectiva de herencia testamentaria, quedada al fallecimiento de doña HERMINIA ROSA AHUMADA MONTENEGRO, CI 4.275.641-5, en calidad de herederos universales a sus hijos: ROSA ELIZABETH BRIONES AHUMADA, CI 9.548.105-1; NOEMI RUTH BRIONES AHUMADA, CI 9.548.106-k; DANIEL JEREMIAS BRIONES AHUMADA, CI 9.140.910-0; ISRAEL GEDEON BRIONES AHUMADA, CI 10.089.586-2 y PRISCILA ESTER BRIONES AHUMADA, CI 10.089.376-2, según consta de testamento abierto otorgado con fecha 12/10/2018, ante la Notario Gloria Isabel Ordoñez Cortés, Suplente del Titular don Max Ordoñez Urrutia de la comuna de Los Andes, sin prejuicio de otros herederos con igual o mejor derecho.- El Secretario.- |
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Publicado el 30/08/2022 |
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EXTRACTO SENTENCIA INTERDICCIÓN POR DEMENCIA |
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Con fecha 30 de junio de 2022, a folio 40 en autos sobre procedimiento voluntario sobre interdicción por demencia, caratulado “AHUMADA”, causa ROL V-30-2020, del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, se resolvió: “I.- Que, se hace lugar a la solicitud y se declara en forma definitiva la interdicción por demencia de Iris del Carmen Espinoza, cédula nacional de identidad N° 8.730.842-1, nacida el 17 de mayo 1963, Inscripción de Nacimiento N° 698, Circunscripción Santa Rosa, del año 1963. II.- Procédase a las inscripciones y publicaciones ordenadas en el artículo 447 del Código Civil. III.- Se nombra curador definitivo a favor de la persona de Iris del Carmen Espinoza Silva y de sus bienes a su cónyuge, Víctor Leónidas Ahumada Espinoza, cédula de identidad N° 8.390.613-8, quien deberá aceptar el cargo de forma legal. IV.- Que se exime a al curador designado del deber de reducir a escritura pública el discernimiento, de rendir fianza y de confeccionar inventario solemne. V.- Que el curador designado deberá confeccionar un apunte privado respecto de los bienes del interdicto, con las formalidades del artículo 380 del Código Civil. VI.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento.” |
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Publicado el 30/08/2022 |
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Por resolución de fecha 05 de agosto del dos mil veintidós, en causa sobre, INTERDICCION Y NOMBRAMIENTO DE CURADOR, ROL V-124-2022, del primer juzgado de letras de san Felipe, caratulada, "ALTAMIRANO", se cita a, audiencia de parientes, para el día 08 de septiembre del año 2022, a las 11:00 horas se realizara mediante sistema de videoconferencia a través de la plataforma zoom en la conexión: https://zoom.us/j/92921365858. para efectos, de declarar la interdicción de don RAUL ALBERTO ALTAMIRANO HENRIQUEZ, y nombramiento de curador de este a don RICARDO ANDRÉS ALTAMIRANO AGUILERA; y en caso de faltar el primero, asuma en el cargo con las mismas facultades; Doña HILDA DE LAS MERCEDES AGUILERA VERGARA; por enfermedad, ausencia o cualquier otro impedimento. |
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Publicado el 30/08/2022 |
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JUNTA DE VIGILANCIA PRIMERA SECCIÓN RIO ACONCAGUA CITACIÓN |
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De conformidad a los Estatutos, cítase a Junta General Ordinaria de Accionistas, de la Junta de Vigilancia de la Primera Sección del Río Aconcagua, para el día 31 de agosto de 2022 a las 17:00 horas en primera citación y a las 17:35 horas en segunda citación, en el auditorio de la Junta de Vigilancia, ubicado en calle Santa Rosa Nº 441, of. 41 piso 4, citófono 41, Los Andes, con el fin de tratar lo siguiente: 1.- Ratificación del acta de Asamblea General Ordinaria, celebrada el día 26 de agosto de 2021. 2.- Memoria y Balance Anual del período comprendido entre 1 de agosto de 2021 y el 31 de julio de 2022. 3.- Pronunciamiento sobre el presupuesto ordinario para el período comprendido entre el 1 de agosto de 2022 y el 31 de julio de 2023 y fijación de las cuotas que deben erogar los accionistas. 4.- Elección de directorio. 5.- Designación de Inspectores de Cuentas. 6.- Ratificación del Rol o Matrícula de canales y usuarios. 7.- Asuntos varios relacionados con la organización y desenvolvimiento de esta Junta de Vigilancia. El Presidente. |
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Publicado el 29/08/2022 |
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EXTRACTO SENTENCIA INTERDICCIÓN POR DEMENCIA |
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Con fecha 30 de junio de 2022, a folio 40 en autos sobre procedimiento voluntario
sobre interdicción por demencia, caratulado “AHUMADA”, causa ROL V-30-2020,
del Primer Juzgado de Letras de Los Andes, se resolvió: “I.- Que, se hace lugar a
la solicitud y se declara en forma definitiva la interdicción por demencia de Iris del
Carmen Espinoza, cédula nacional de identidad N° 8.730.842-1, nacida el 17 de
mayo 1963, Inscripción de Nacimiento N° 698, Circunscripción Santa Rosa, del
año 1963. II.- Procédase a las inscripciones y publicaciones ordenadas en el
artículo 447 del Código Civil. III.- Se nombra curador definitivo a favor de la
persona de Iris del Carmen Espinoza Silva y de sus bienes a su cónyuge, Víctor
Leónidas Ahumada Espinoza, cédula de identidad N° 8.390.613-8, quien deberá
aceptar el cargo de forma legal. IV.- Que se exime a al curador designado del
deber de reducir a escritura pública el discernimiento, de rendir fianza y de
confeccionar inventario solemne. V.- Que el curador designado deberá
confeccionar un apunte privado respecto de los bienes del interdicto, con las
formalidades del artículo 380 del Código Civil. VI.- Sirva la presente sentencia de
suficiente discernimiento.” |
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