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Clasificados Asuntos Legales
 
     
  Publicado el 11/05/2022  
  REMATE  
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  En juicio Ejecutivo, caratulados “BANCO DE CHILE CON REINOSO”, Rol Nº 23-2019, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 26 de Mayo de 2022, a las 12:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente a Unidad de vivienda NÚMERO TRES, ubicada en calle Miguel de cervantes número mil cincuenta y tres del CONDOMINIO JARDIN DE LOS VILLARES, situado en calle Los Villares a la altura del dos mil cuatrocientos, Comuna y Provincia de Los Andes, inscrito a fs. 678, N°887 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo Nº926-14 de la Comuna de Los Andes. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $117.638.421.- Precio se pagará al contado momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante vale vista a la orden del Tribunal o depósito en la cuenta corriente del tribunal, conforme a las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deber rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
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  Publicado el 11/05/2022  
  LA COMUNIDAD LOS CAMPOS DE CANO GALLEGO INFORMA  
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  El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO  
     
 
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  Publicado el 10/05/2022  
  EXTRACTO INTERDICCIÓN  
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  Primer Juzgado de Letras de Los Andes, en autos sobre Interdicción por demencia, causa Rol V-1-2021, caratulados “CASAS”, en sentencia de fecha 20 de abril de 2022, decretó en forma definitiva la interdicción por demencia de doña Maud Isis Montenegro Godoy, cedula de Identidad N°2.839.256-7, nombrando como curador definitivo de doña Maud Isis María Montenegro Godoy y de sus bienes a su hija Erika Cecilia Casas Montenegro, cédula de identidad N°7.225.351-5.  
     
 
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  Publicado el 10/05/2022  
  REMATE.  
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  En juicio Ejecutivo, caratulados “BANCO DE CHILE CON REINOSO”, Rol Nº 23-2019, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 26 de Mayo de 2022, a las 12:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente a Unidad de vivienda NÚMERO TRES, ubicada en calle Miguel de cervantes número mil cincuenta y tres del CONDOMINIO JARDIN DE LOS VILLARES, situado en calle Los Villares a la altura del dos mil cuatrocientos, Comuna y Provincia de Los Andes, inscrito a fs. 678, N°887 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo Nº926-14 de la Comuna de Los Andes. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $117.638.421.- Precio se pagará al contado momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante vale vista a la orden del Tribunal o depósito en la cuenta corriente del tribunal, conforme a las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deber rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
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  Publicado el 10/05/2022  
  LA COMUNIDAD LOS CAMPOS DE CANO GALLEGO INFORMA  
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  El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO  
     
 
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  Publicado el 09/05/2022  
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  El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO  
     
 
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  Publicado el 09/05/2022  
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  En juicio Ejecutivo, caratulados “BANCO DE CHILE CON REINOSO”, Rol Nº 23-2019, del 1º Juzgado de Letras de Los Andes, ubicado en calle Carlos Díaz Nº 46, Los Andes, el día 26 de Mayo de 2022, a las 12:00 horas, se llevará a efecto el remate del inmueble correspondiente a Unidad de vivienda NÚMERO TRES, ubicada en calle Miguel de cervantes número mil cincuenta y tres del CONDOMINIO JARDIN DE LOS VILLARES, situado en calle Los Villares a la altura del dos mil cuatrocientos, Comuna y Provincia de Los Andes, inscrito a fs. 678, N°887 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. Rol de Avalúo Nº926-14 de la Comuna de Los Andes. Mínimo para comenzar las posturas será la cantidad de $117.638.421.- Precio se pagará al contado momento de la subasta o dentro del plazo de 5 días efectuada la misma. Para participar en subasta interesados deberán rendir caución por valor equivalente al 10% del mínimo para las posturas mediante vale vista a la orden del Tribunal o depósito en la cuenta corriente del tribunal, conforme a las instrucciones que se detallan a continuación: (1) El remate se realizará mediante videoconferencia, a través de la plataforma Zoom, por lo que las partes deberán contar con un dispositivo electrónico que cuente con cámara, micrófono y la aplicación Zoom. (2) En caso de experimentar problemas técnicos el día de la audiencia, las partes podrán comunicarse con el tribunal a través del teléfono 342421150. (3) Todo postor para tener derecho a hacer posturas en la subasta deber rendir caución equivalente al 10% del precio mínimo fijado para la subasta. El Banco ejecutante quedará autorizado para hacer posturas en el remate y adjudicarse el inmueble con cargo, sin necesidad de depositar caución o hacer consignación alguna. (4) La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría; b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, bajo los siguientes datos: • Primer Juzgado del Letras de Los Andes. • Cuenta Corriente Banco del Estado N° 22500051829 • R.U.T. 61.918.000-3 (Para obtener cupón de pago ingresar a: http://reca.pjud.cl/RECAWEB). (5) No se admitirán cauciones mediante transferencias electrónicas de fondos. (6) El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado en forma digital y legible, hasta las 12:00 hrs. del día hábil anterior al del remate, mediante correo electrónico a la dirección jl1_losandes_remates@pjud.cl, indicando la individualización del postor, el Rol de la causa, su correo electrónico y número telefónico. (7) Previo al remate la Sra. Secretaria del Tribunal o quien la subrogue certificará los postores que, habiendo cumplido con los requisitos señalados, pueden participar en el mismo. (8) El acta de remate deberá ser suscrita por el adjudicatario a más tardar dentro de tercero día de realizado, mediante firma electrónica simple o avanzada. Para ello, todo interesado debe contar con Clave Única del Estado, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de tal carga. (9) Al postor no adjudicatario, que haya pagado su caución mediante cupón de pago del Banco Estado, se le restituirá su garantía dentro del plazo de quince días hábiles, mediante cheque nominativo. Para los postores que hayan pagado su caución mediante vale vista, su devolución se efectuará a contar del mismo día en que se efectuó la subasta. Demás antecedentes en las bases agregadas en la carpeta electrónica de la causa. Secretaria.  
     
 
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  Publicado el 08/05/2022  
  LA COMUNIDAD LOS CAMPOS DE CANO GALLEGO INFORMA  
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  El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO  
     
 
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  Publicado el 07/05/2022  
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  El Directorio de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por intermedio de su Presidente, le informa a las sucesiones de comuneros inscritos en el año 1948 al año 1984 y que no hayan regularizado su situación en la Comunidad: La comunidad Los Campos de Cano Gallego se rige por los Estatutos y Reglamente del año 1948 y sus modificaciones.- Conforme a lo anterior, las sucesiones de comuneros de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego que figuren inscritos en el año 1948 al año 1984, y desean rehabilitar su derecho deben presentarse en la secretaria de la Comunidad Los Campos de Cano Gallego ubicada en calle Independencia 278, Comuna de Los Andes, los días Lunes de 11:30 a 13:30 horas y presentar y entregar, los siguientes documentos: 1.- Copia autorizada o auténtica de la posesión efectiva. 2.- Copia autorizada o auténtica del Inventario de bienes quedados al fallecimiento del causante comunero donde figure el derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego. 3.-Copia auténtica Inscripción Especial de Herencia en el Conservador de Bienes Raíces, del derecho a la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, con vigencia.- 4.- Los herederos deberán nombrar un representante común, quien representará a la sucesión ante la Comunidad Los Campos de Cano Gallego, por lo que deben otorgar poder a uno de ellos, por escritura pública o Privada firmada ante Notario. 5.- Presentar el último recibo de pago de la anualidad otorgado por la Comunidad, con la finalidad que se realice la liquidación de la deuda, con los reajustes legales correspondiente como toda deuda dineraria o en dinero.- 6.- Presentar una solicitud al Directorio de la Comunidad. El Directorio de la Comunidad una vez recepcionados los documentos señalados en los numerales 1 al 6 , efectuara el estudio de los antecedentes y posteriormente comunicara la resolución de aprobación o rechazo de la solicitud, en el caso que se acepte la solicitud, ordenara el pago de las anualidades atrasadas legalmente reajustadas conforme a la liquidación de la deuda practicada.- Una vez verificado el pago, se le entrega un comprobante de pago de las anualidades, documento que habilita para reincorporarse a todas las actividades de la Comunidad con derecho a voz y voto.- EL DIRECTORIO  
     
 
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  Publicado el 06/05/2022  
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