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Clasificados Asuntos Legales
 
     
  Publicado el 29/06/2025  
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  Por resolución de fecha 17 de junio de 2025, del 1° Juzgado Civil de Los Andes; Rol: V-19-2025, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de doña MARÍA JEANETTE ELISA BUSTOS DE LA FUENTE, RUT: 3.793.687-1; a RODRIGO FERNANDO VENEGAS BUSTOS, RUT: 8.969.651-8; IVÁN MAGLIO DEL CAMPO BUSTOS, RUT: 7.835.221-3; y, a MARIA SOLEDAD DEL CAMPO BUSTOS, RUT: 8.028.628-7, en sus calidades de hijos y únicos herederos universales, El fallecimiento de la causante, de nacionalidad chilena, se produjo con fecha 19 de febrero de 2025, bajo el imperio de testamento solemne, teniendo como último domicilio el ubicado en Avenida Independencia Nº 441, de la Comuna y Provincia de Los Andes. SECRETARIO 1° Juzgado Civil de Los Andes  
     
 
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  Publicado el 28/06/2025  
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  Citase a Junta ordinaria de Accionistas del CANAL LOS QUILOS Y LADERA NEGRA, para el sábado 05 de julio del 2025, a las 17:00 horas en primera citación y a las 17:30 horas en segunda citación, en el Salón de la Asociación Gremial de Agricultores de Los Andes, Calle Santa Rosa Nº 441, Oficina Nº 41 cuarto piso Los Andes, a fin de tratar lo siguiente: Tabla Lectura Acta Anterior Balance General de Tesorería Postulación de Proyectos a Ley 18.450 Presupuesto 2026 Cuota Ordinaria Periodo 2025-2026 Elección de Directorio Regularización, Inscripción y Perfeccionamiento de Derechos de Agua Asunto Varios PRESIDENTE.  
     
 
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  Publicado el 28/06/2025  
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  Por resolución de fecha 17 de junio de 2025, del 1° Juzgado Civil de Los Andes; Rol: V-19-2025, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de doña MARÍA JEANETTE ELISA BUSTOS DE LA FUENTE, RUT: 3.793.687-1; a RODRIGO FERNANDO VENEGAS BUSTOS, RUT: 8.969.651-8; IVÁN MAGLIO DEL CAMPO BUSTOS, RUT: 7.835.221-3; y, a MARIA SOLEDAD DEL CAMPO BUSTOS, RUT: 8.028.628-7, en sus calidades de hijos y únicos herederos universales, El fallecimiento de la causante, de nacionalidad chilena, se produjo con fecha 19 de febrero de 2025, bajo el imperio de testamento solemne, teniendo como último domicilio el ubicado en Avenida Independencia Nº 441, de la Comuna y Provincia de Los Andes. SECRETARIO 1° Juzgado Civil de Los Andes  
     
 
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  Publicado el 27/06/2025  
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  Citase a Junta ordinaria de Accionistas del CANAL LOS QUILOS Y LADERA NEGRA, para el sábado 05 de julio del 2025, a las 17:00 horas en primera citación y a las 17:30 horas en segunda citación, en el Salón de la Asociación Gremial de Agricultores de Los Andes, Calle Santa Rosa Nº 441, Oficina Nº 41 cuarto piso Los Andes, a fin de tratar lo siguiente: Tabla Lectura Acta Anterior Balance General de Tesorería Postulación de Proyectos a Ley 18.450 Presupuesto 2026 Cuota Ordinaria Periodo 2025-2026 Elección de Directorio Regularización, Inscripción y Perfeccionamiento de Derechos de Agua Asunto Varios PRESIDENTE.  
     
 
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  Publicado el 27/06/2025  
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  Por resolución de fecha 17 de junio de 2025, del 1° Juzgado Civil de Los Andes; Rol: V-19-2025, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de doña MARÍA JEANETTE ELISA BUSTOS DE LA FUENTE, RUT: 3.793.687-1; a RODRIGO FERNANDO VENEGAS BUSTOS, RUT: 8.969.651-8; IVÁN MAGLIO DEL CAMPO BUSTOS, RUT: 7.835.221-3; y, a MARIA SOLEDAD DEL CAMPO BUSTOS, RUT: 8.028.628-7, en sus calidades de hijos y únicos herederos universales, El fallecimiento de la causante, de nacionalidad chilena, se produjo con fecha 19 de febrero de 2025, bajo el imperio de testamento solemne, teniendo como último domicilio el ubicado en Avenida Independencia Nº 441, de la Comuna y Provincia de Los Andes. SECRETARIO 1° Juzgado Civil de Los Andes  
     
 
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  Publicado el 26/06/2025  
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  Citase a Junta ordinaria de Accionistas del CANAL LOS QUILOS Y LADERA NEGRA, para el sábado 05 de julio del 2025, a las 17:00 horas en primera citación y a las 17:30 horas en segunda citación, en el Salón de la Asociación Gremial de Agricultores de Los Andes, Calle Santa Rosa Nº 441, Oficina Nº 41 cuarto piso Los Andes, a fin de tratar lo siguiente: Tabla Lectura Acta Anterior Balance General de Tesorería Postulación de Proyectos a Ley 18.450 Presupuesto 2026 Cuota Ordinaria Periodo 2025-2026 Elección de Directorio Regularización, Inscripción y Perfeccionamiento de Derechos de Agua Asunto Varios PRESIDENTE.  
     
 
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  Publicado el 26/06/2025  
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  De conformidad a lo establecido en los artículos 218, 220, 221 y 226 del Código de Aguas, se cita a Junta General Ordinaria a los miembros de la “Comunidad de Aguas del Canal Hurtado o San Regis”, en primera citación para el día 27 de JUNIO 2025, a las 18:00 horas en primera citación y a las 18:30 horas en segunda citación, en la UNIÓN COMUNAL DE JUNTA DE VECINOS SAN ESTEBAN, Avenida Alessandri N° 45 de la comuna de San Esteban, provincia de Los Andes, región Valparaíso. TABLA: Lectura Acta Junta Anterior y aprobación. Pronunciarse sobre la Memoria que presentará el presidente. Informe contable presentado por el tesorero. Presupuesto de gastos para temporada 2025 – 2026 Inicio de labores en el canal. Obras de mejoramientos del Canal. Varios EL DIRECTORIO LOS ANDES, JUNIO 2025  
     
 
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  Publicado el 19/06/2025  
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  De conformidad a lo establecido en los artículos 218, 220, 221 y 226 del Código de Aguas, se cita a Junta General Ordinaria a los miembros de la “Comunidad de Aguas del Canal Hurtado o San Regis”, en primera citación para el día 27 de JUNIO 2025, a las 18:00 horas en primera citación y a las 18:30 horas en segunda citación, en la UNIÓN COMUNAL DE JUNTA DE VECINOS SAN ESTEBAN, Avenida Alessandri N° 45 de la comuna de San Esteban, provincia de Los Andes, región Valparaíso. TABLA: Lectura Acta Junta Anterior y aprobación. Pronunciarse sobre la Memoria que presentará el presidente. Informe contable presentado por el tesorero. Presupuesto de gastos para temporada 2025 – 2026 Inicio de labores en el canal. Obras de mejoramientos del Canal. Varios EL DIRECTORIO LOS ANDES, JUNIO 2025  
     
 
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  Publicado el 18/06/2025  
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  Primer Juzgado Civil de Los Andes, en causa Rol V-76-2024, caratulada GARCES/ZUÑIGA, por resolución dictada el 28 de Mayo de 2025, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de la señora Eva Beatriz Zúñiga Flores (último domicilio: Paradero 28 Calle Larga, casa 4, El Castillos, Calle Larga, Los Andes) hecho ocurrido el día 25 de julio 2024, a sus hijos Patricio Javier Garcés Zúñiga y Sebastián Gustavo Garcés Zúñiga, sin perjuicio de los derechos del cónyuge sobreviviente Patricio Vicente Garcés Silva, en calidad de herederos y asignatarios de los bienes quedados a su fallecimiento. Testamento cerrado de fecha 8 de febrero 2021, otorgado ante el Notario Público de la ciudad de San Felipe, don Jaime Polloni Contardo, protocolizado bajo Nº 2340-2024 con fecha 12 /11/2024. Los Andes, 11 de junio de 2025.  
     
 
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  Publicado el 18/06/2025  
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  1° Juzgado de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Juan Francisco García Araya, Rol 601-2023, por resolución de fecha 26 de noviembre de dos mil veinticuatro, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 11 de abril de 2023, En lo principal: Deduce demanda ejecutiva y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo. Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, a US. respetuosamente decimos: vengo en interponer demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA, CI 12.396.651-1, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CALLE 2 AMANECER, N° 51, VILLA RENACER, RINCONADA Y/O TOCORNAL208, VILLA RENACER, SAN ESTEBAN. Fundo la demanda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expongo: Con fecha 22 de febrero de 2022, la demandada suscribió el pagaré nº 9367397, por la cantidad de $14.021.735.-, por concepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de mi mandante, más los intereses del 0,99000% mensual a contar de la fecha de suscripción, obligándose a pagarlo en 50 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $363.111.- cada una, salvo la última que será de $ 363.081.-, todas con vencimiento los días 05 de cada mes, venciendo la primera el día 05 de mayo de 2022. Pues bien, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 05 de diciembre de 2022 inclusive, y todas las posteriores por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $12.637.220.-, más los intereses corrientes y moratorios que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la deuda, con costas. POR TANTO, en mérito de todo lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 18.092; artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Ley 18.010 y demás pertinentes; RUEGO A SS., se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA , ya individualizado, ordenando que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $12.637.220.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, de la forma en que ya se señaló, ordenando que se requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a mi mandante, con expresa condenación en costas. PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y depositario. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. TERCER OTROSÍ: Solicita autorización. CUARTO OTROSÍ: Acredita personería. QUINTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. SEXTO OTROSI: Patrocinio y poder. Con fecha 12 de abril de 2023: Apercibimiento poder y/o título. Presentación de fecha 12 de abril de 2023: Acompaña documentos. Con fecha 14 de abril de 2023: A la presentación del 12 de abril del presente, a folio 3. Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá: Proveyendo demanda del 11 de abril del presente, a folio 1. A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; al primer otrosí, téngase presente los bienes señalados, en cuanto al depositario provisional, se designa al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal; al segundo otrosí, téngase por acompañado un pagaré, bajo el apercibimiento que indica, custódiese; al tercer otrosí, como se pide; al cuarto otrosí, téngase presente y por acompañada personería de abogado, con citación; al quinto otrosí, téngase presente el correo electrónico para los efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil.; al sexto otrosí, téngase presente el patrocinio y poder y delegación. Con fecha 14 de abril de 2023: Mandamiento. Presentación de fecha 25 de abril de 2023: Solicita corrección mandamiento. Con fecha 26 de abril de 2023: Rectifica mandamiento. Mandamiento Rectificado: En Los Andes a 26 de abril de dos mil veintitrés. Mandamiento de Ejecución y Embargo: Un Ministro de Fe requerirá de pago a JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA, domiciliado en calle 2 Amanecer Nº51, Villa Renacer, Rinconada y/o Tocornal 208, Villa Renacer, San Esteban, para que en el acto del requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $12.637.220.- (doce millones seiscientos treinta y siete mil doscientos veinte pesos), más intereses y costas. No verificado el pago requerimiento, se procederá a trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, más intereses y costas. Nombrase depositario de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Presentación de fecha 20 de noviembre de 2024: Solicita notificación por avisos. Con fecha 26 de noviembre de 2024: A la presentación de fecha 20 de noviembre 2024 a folio 54. Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario "Los Andes Online", un aviso que contenga extracto de la demanda, de su proveído y de la presente resolución, debiendo cumplirse además con la publicación en El Diario Oficial, según lo dispuesto en el inciso final del citado artículo. Para la confección del extracto, el interesado deberá presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Para el requerimiento de pago, se cita al demandado al tercer día hábil siguiente a la última notificación por avisos, a las 10:00 horas, a la secretaría del tribunal, si recayere en sábado el plazo se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente; bajo apercibimiento de que, si no comparece, se le tendrá por requerido de pago en rebeldía. Secretaría  
     
 
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  Publicado el 17/06/2025  
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  1° Juzgado de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Juan Francisco García Araya, Rol 601-2023, por resolución de fecha 26 de noviembre de dos mil veinticuatro, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 11 de abril de 2023, En lo principal: Deduce demanda ejecutiva y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo. Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, a US. respetuosamente decimos: vengo en interponer demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA, CI 12.396.651-1, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CALLE 2 AMANECER, N° 51, VILLA RENACER, RINCONADA Y/O TOCORNAL208, VILLA RENACER, SAN ESTEBAN. Fundo la demanda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expongo: Con fecha 22 de febrero de 2022, la demandada suscribió el pagaré nº 9367397, por la cantidad de $14.021.735.-, por concepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de mi mandante, más los intereses del 0,99000% mensual a contar de la fecha de suscripción, obligándose a pagarlo en 50 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $363.111.- cada una, salvo la última que será de $ 363.081.-, todas con vencimiento los días 05 de cada mes, venciendo la primera el día 05 de mayo de 2022. Pues bien, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 05 de diciembre de 2022 inclusive, y todas las posteriores por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $12.637.220.-, más los intereses corrientes y moratorios que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la deuda, con costas. POR TANTO, en mérito de todo lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 18.092; artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Ley 18.010 y demás pertinentes; RUEGO A SS., se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA , ya individualizado, ordenando que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $12.637.220.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, de la forma en que ya se señaló, ordenando que se requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a mi mandante, con expresa condenación en costas. PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y depositario. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. TERCER OTROSÍ: Solicita autorización. CUARTO OTROSÍ: Acredita personería. QUINTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. SEXTO OTROSI: Patrocinio y poder. Con fecha 12 de abril de 2023: Apercibimiento poder y/o título. Presentación de fecha 12 de abril de 2023: Acompaña documentos. Con fecha 14 de abril de 2023: A la presentación del 12 de abril del presente, a folio 3. Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá: Proveyendo demanda del 11 de abril del presente, a folio 1. A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; al primer otrosí, téngase presente los bienes señalados, en cuanto al depositario provisional, se designa al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal; al segundo otrosí, téngase por acompañado un pagaré, bajo el apercibimiento que indica, custódiese; al tercer otrosí, como se pide; al cuarto otrosí, téngase presente y por acompañada personería de abogado, con citación; al quinto otrosí, téngase presente el correo electrónico para los efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil.; al sexto otrosí, téngase presente el patrocinio y poder y delegación. Con fecha 14 de abril de 2023: Mandamiento. Presentación de fecha 25 de abril de 2023: Solicita corrección mandamiento. Con fecha 26 de abril de 2023: Rectifica mandamiento. Mandamiento Rectificado: En Los Andes a 26 de abril de dos mil veintitrés. Mandamiento de Ejecución y Embargo: Un Ministro de Fe requerirá de pago a JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA, domiciliado en calle 2 Amanecer Nº51, Villa Renacer, Rinconada y/o Tocornal 208, Villa Renacer, San Esteban, para que en el acto del requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $12.637.220.- (doce millones seiscientos treinta y siete mil doscientos veinte pesos), más intereses y costas. No verificado el pago requerimiento, se procederá a trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, más intereses y costas. Nombrase depositario de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Presentación de fecha 20 de noviembre de 2024: Solicita notificación por avisos. Con fecha 26 de noviembre de 2024: A la presentación de fecha 20 de noviembre 2024 a folio 54. Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario "Los Andes Online", un aviso que contenga extracto de la demanda, de su proveído y de la presente resolución, debiendo cumplirse además con la publicación en El Diario Oficial, según lo dispuesto en el inciso final del citado artículo. Para la confección del extracto, el interesado deberá presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Para el requerimiento de pago, se cita al demandado al tercer día hábil siguiente a la última notificación por avisos, a las 10:00 horas, a la secretaría del tribunal, si recayere en sábado el plazo se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente; bajo apercibimiento de que, si no comparece, se le tendrá por requerido de pago en rebeldía. Secretaría  
     
 
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  Publicado el 17/06/2025  
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  Primer Juzgado Civil de Los Andes, en causa Rol V-76-2024, caratulada GARCES/ZUÑIGA, por resolución dictada el 28 de Mayo de 2025, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de la señora Eva Beatriz Zúñiga Flores (último domicilio: Paradero 28 Calle Larga, casa 4, El Castillos, Calle Larga, Los Andes) hecho ocurrido el día 25 de julio 2024, a sus hijos Patricio Javier Garcés Zúñiga y Sebastián Gustavo Garcés Zúñiga, sin perjuicio de los derechos del cónyuge sobreviviente Patricio Vicente Garcés Silva, en calidad de herederos y asignatarios de los bienes quedados a su fallecimiento. Testamento cerrado de fecha 8 de febrero 2021, otorgado ante el Notario Público de la ciudad de San Felipe, don Jaime Polloni Contardo, protocolizado bajo Nº 2340-2024 con fecha 12 /11/2024. Los Andes, 11 de junio de 2025.  
     
 
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  Publicado el 16/06/2025  
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  Primer Juzgado Civil de Los Andes, en causa Rol V-76-2024, caratulada GARCES/ZUÑIGA, por resolución dictada el 28 de Mayo de 2025, se concedió la posesión efectiva de la herencia testada, quedada al fallecimiento de la señora Eva Beatriz Zúñiga Flores (último domicilio: Paradero 28 Calle Larga, casa 4, El Castillos, Calle Larga, Los Andes) hecho ocurrido el día 25 de julio 2024, a sus hijos Patricio Javier Garcés Zúñiga y Sebastián Gustavo Garcés Zúñiga, sin perjuicio de los derechos del cónyuge sobreviviente Patricio Vicente Garcés Silva, en calidad de herederos y asignatarios de los bienes quedados a su fallecimiento. Testamento cerrado de fecha 8 de febrero 2021, otorgado ante el Notario Público de la ciudad de San Felipe, don Jaime Polloni Contardo, protocolizado bajo Nº 2340-2024 con fecha 12 /11/2024. Los Andes, 11 de junio de 2025.  
     
 
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  Publicado el 16/06/2025  
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  1° Juzgado de Letras de Los Andes, autos Juicio Ejecutivo, caratulados Banco del Estado de Chile con Juan Francisco García Araya, Rol 601-2023, por resolución de fecha 26 de noviembre de dos mil veinticuatro, se ha ordenado la demanda de autos por medio de avisos extractados, según lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, lo que a continuación se expone: Con fecha 11 de abril de 2023, En lo principal: Deduce demanda ejecutiva y solicita se despache mandamiento de ejecución y embargo. Claudio Felipe Altamirano Rodríguez, Abogado, mandatario judicial en representación convencional del Banco del Estado de Chile, empresa autónoma de créditos del Estado, a US. respetuosamente decimos: vengo en interponer demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA, CI 12.396.651-1, ignoro profesión u oficio, con domicilio en CALLE 2 AMANECER, N° 51, VILLA RENACER, RINCONADA Y/O TOCORNAL208, VILLA RENACER, SAN ESTEBAN. Fundo la demanda, en los antecedentes de hecho y derecho que a continuación expongo: Con fecha 22 de febrero de 2022, la demandada suscribió el pagaré nº 9367397, por la cantidad de $14.021.735.-, por concepto de capital que la deudora recibió en mutuo en dinero en efectivo de parte de mi mandante, más los intereses del 0,99000% mensual a contar de la fecha de suscripción, obligándose a pagarlo en 50 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $363.111.- cada una, salvo la última que será de $ 363.081.-, todas con vencimiento los días 05 de cada mes, venciendo la primera el día 05 de mayo de 2022. Pues bien, la deudora ha dejado de pagar desde la cuota con vencimiento el 05 de diciembre de 2022 inclusive, y todas las posteriores por lo que, conforme a lo estipulado en el documento, el Banco ha decidido hacer exigible el total de la deuda, demandando la suma de $12.637.220.-, más los intereses corrientes y moratorios que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la deuda, con costas. POR TANTO, en mérito de todo lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 18.092; artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; Ley 18.010 y demás pertinentes; RUEGO A SS., se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA , ya individualizado, ordenando que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma de $12.637.220.-, más los intereses pactados, reajustes y costas que se han devengado y se devenguen hasta el cumplimiento total e íntegro de la obligación, de la forma en que ya se señaló, ordenando que se requiera de pago, disponiendo en definitiva, que la ejecución siga adelante hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado a mi mandante, con expresa condenación en costas. PRIMER OTROSÍ: Señala bienes para la traba del embargo y depositario. SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña documentos bajo apercibimiento legal y solicita custodia. TERCER OTROSÍ: Solicita autorización. CUARTO OTROSÍ: Acredita personería. QUINTO OTROSÍ: Señala correo electrónico. SEXTO OTROSI: Patrocinio y poder. Con fecha 12 de abril de 2023: Apercibimiento poder y/o título. Presentación de fecha 12 de abril de 2023: Acompaña documentos. Con fecha 14 de abril de 2023: A la presentación del 12 de abril del presente, a folio 3. Por cumplido lo ordenado, estese a lo que se resolverá: Proveyendo demanda del 11 de abril del presente, a folio 1. A lo principal, despáchese mandamiento de ejecución y embargo; al primer otrosí, téngase presente los bienes señalados, en cuanto al depositario provisional, se designa al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal; al segundo otrosí, téngase por acompañado un pagaré, bajo el apercibimiento que indica, custódiese; al tercer otrosí, como se pide; al cuarto otrosí, téngase presente y por acompañada personería de abogado, con citación; al quinto otrosí, téngase presente el correo electrónico para los efectos del artículo 49 del Código de Procedimiento Civil.; al sexto otrosí, téngase presente el patrocinio y poder y delegación. Con fecha 14 de abril de 2023: Mandamiento. Presentación de fecha 25 de abril de 2023: Solicita corrección mandamiento. Con fecha 26 de abril de 2023: Rectifica mandamiento. Mandamiento Rectificado: En Los Andes a 26 de abril de dos mil veintitrés. Mandamiento de Ejecución y Embargo: Un Ministro de Fe requerirá de pago a JUAN FRANCISCO GARCIA ARAYA, domiciliado en calle 2 Amanecer Nº51, Villa Renacer, Rinconada y/o Tocornal 208, Villa Renacer, San Esteban, para que en el acto del requerimiento pague a BANCO DEL ESTADO DE CHILE, o a quien sus derechos representen, la suma de $12.637.220.- (doce millones seiscientos treinta y siete mil doscientos veinte pesos), más intereses y costas. No verificado el pago requerimiento, se procederá a trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado, más intereses y costas. Nombrase depositario de los bienes que se embarguen al propio ejecutado, bajo su responsabilidad legal. Presentación de fecha 20 de noviembre de 2024: Solicita notificación por avisos. Con fecha 26 de noviembre de 2024: A la presentación de fecha 20 de noviembre 2024 a folio 54. Atendido el mérito de los antecedentes, como se pide, notifíquese en conformidad al artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse 3 veces, en fechas distintas, en el diario "Los Andes Online", un aviso que contenga extracto de la demanda, de su proveído y de la presente resolución, debiendo cumplirse además con la publicación en El Diario Oficial, según lo dispuesto en el inciso final del citado artículo. Para la confección del extracto, el interesado deberá presentar el proyecto a través de la Oficina Judicial Virtual, en el módulo especialmente habilitado para tal efecto. Para el requerimiento de pago, se cita al demandado al tercer día hábil siguiente a la última notificación por avisos, a las 10:00 horas, a la secretaría del tribunal, si recayere en sábado el plazo se extenderá hasta el día hábil inmediatamente siguiente; bajo apercibimiento de que, si no comparece, se le tendrá por requerido de pago en rebeldía. Secretaría  
     
 
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  Publicado el 16/06/2025  
  EXTRACTO POSESION EFECTIVA TESTADA  
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  Primer Juzgado de Letras de Los Andes, en la causa Rol V-45-2024, caratulados "LOLAS/LOLAS" , por sentencia de fecha 21 de marzo de 2025 se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Emilio Oscar Lolas Lolas, RUN N° 7.288.210-5, fallecido el 14 de noviembre de 2023, con último domicilio en la Comuna de Los Andes, a Emilio José Lolas Fernández , Farah Rodrigo Lolas Fernández y Laura del Carmen Fernández Vera , en calidad de herederos universales.  
     
 
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  Publicado el 13/06/2025  
  EXTRACTO POSESION EFECTIVA TESTADA  
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  Primer Juzgado de Letras de Los Andes, en la causa Rol V-45-2024, caratulados "LOLAS/LOLAS" , por sentencia de fecha 21 de marzo de 2025 se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Emilio Oscar Lolas Lolas, RUN N° 7.288.210-5, fallecido el 14 de noviembre de 2023, con último domicilio en la Comuna de Los Andes, a Emilio José Lolas Fernández , Farah Rodrigo Lolas Fernández y Laura del Carmen Fernández Vera , en calidad de herederos universales.  
     
 
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  Publicado el 12/06/2025  
  REMATE  
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  Remate. Ante el Primer Juzgado Letras de Los Andes, ubicado en Carlos Díaz 46, se subastará mediante videoconferencia a través de la plataforma Zoom, link de enlace, https://pjud-cl.zoom.us/j/91405705584? pwd=EE6XMdTISBvXc7VJWTC7zTnOoyIXNH. 1 Código de acceso:435629, el día 24 de junio de 2025, a las 13:30 horas, propiedad ubicada en Pasaje Nueve Luis Frías Elgueta Número Mil Novecientos Ochenta y Nueve de esa cuidad Comuna y Provincia de Los Andes, y que corresponde al LOTE Quince de la Manzana Treinta y Siete en el plano del Conjunto Habitacional El Horizonte III Etapa, protocolizado bajo el N°137 al final del Registro de Propiedad del año 1998 a mi cargo, de una superficie de ciento veintisiete coma treinta y seis metros cuadrados. La propiedad se encuentra inscrita a nombre del demandado a Fs. 676 vta N°884 del Registro de Propiedad de 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. El mínimo para las posturas será la suma de $35.992.213. El precio del remate deberá pagarse íntegramente dentro de quinto día de efectuado el remate, mediante vale vista, depósito o transferencia a la cuenta corriente bancaria del tribunal. Para tener derecho a participar en la subasta y hacer posturas, los interesados deberán rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo establecido para la subasta. La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría. b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, Banco del Estado N°22500051829, RUT N 61.918.000-3, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, ingresando a la dirección http://reca.pjud.cl/RECAWEB. El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal ”Remates”. Una vez acompañado, se deberá remitir un correo electrónico a la dirección jl1_losandes@pjud.cl, indicando en el asunto POSTOR “ REMATE ; en el texto los datos de la causa y el nombre, RUT y teléfono ” del postor, quien deberá señalar si comparecer por sí , o bien, en representación de un tercero, en cuyo caso deber indicar igualmente el nombre y RUT de éste. Demás información en el juicio. Causa Rol C-583-2024, caratulada COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPEUCH/LEIVA. Juicio Ejecutivo. El secretario  
     
 
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  Publicado el 12/06/2025  
  CITACION  
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  De conformidad a lo establecido en los artículos 218, 220, 221 y 226 del Código de Aguas, se cita a Junta General Ordinaria a los miembros de la “Comunidad de Aguas del Canal Hurtado o San Regis”, en primera citación para el día 27 de JUNIO 2025, a las 18:00 horas en primera citación y a las 18:30 horas en segunda citación, en la UNIÓN COMUNAL DE JUNTA DE VECINOS SAN ESTEBAN, Avenida Alessandri N° 45 de la comuna de San Esteban, provincia de Los Andes, región Valparaíso. TABLA: Lectura Acta Junta Anterior y aprobación. Pronunciarse sobre la Memoria que presentará el presidente. Informe contable presentado por el tesorero. Presupuesto de gastos para temporada 2025 – 2026 Inicio de labores en el canal. Obras de mejoramientos del Canal. Varios EL DIRECTORIO LOS ANDES, JUNIO 2025  
     
 
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  Publicado el 11/06/2025  
  EXTRACTO POSESION EFECTIVA TESTADA  
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  Primer Juzgado de Letras de Los Andes, en la causa Rol V-45-2024, caratulados "LOLAS/LOLAS" , por sentencia de fecha 21 de marzo de 2025 se concedió la posesión efectiva de la herencia testada quedada al fallecimiento de don Emilio Oscar Lolas Lolas, RUN N° 7.288.210-5, fallecido el 14 de noviembre de 2023, con último domicilio en la Comuna de Los Andes, a Emilio José Lolas Fernández , Farah Rodrigo Lolas Fernández y Laura del Carmen Fernández Vera , en calidad de herederos universales.  
     
 
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  Publicado el 11/06/2025  
  REMATE  
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  Remate. Ante el Primer Juzgado Letras de Los Andes, ubicado en Carlos Díaz 46, se subastará mediante videoconferencia a través de la plataforma Zoom, link de enlace, https://pjud-cl.zoom.us/j/91405705584? pwd=EE6XMdTISBvXc7VJWTC7zTnOoyIXNH. 1 Código de acceso:435629, el día 24 de junio de 2025, a las 13:30 horas, propiedad ubicada en Pasaje Nueve Luis Frías Elgueta Número Mil Novecientos Ochenta y Nueve de esa cuidad Comuna y Provincia de Los Andes, y que corresponde al LOTE Quince de la Manzana Treinta y Siete en el plano del Conjunto Habitacional El Horizonte III Etapa, protocolizado bajo el N°137 al final del Registro de Propiedad del año 1998 a mi cargo, de una superficie de ciento veintisiete coma treinta y seis metros cuadrados. La propiedad se encuentra inscrita a nombre del demandado a Fs. 676 vta N°884 del Registro de Propiedad de 2015 del Conservador de Bienes Raíces de Los Andes. El mínimo para las posturas será la suma de $35.992.213. El precio del remate deberá pagarse íntegramente dentro de quinto día de efectuado el remate, mediante vale vista, depósito o transferencia a la cuenta corriente bancaria del tribunal. Para tener derecho a participar en la subasta y hacer posturas, los interesados deberán rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo establecido para la subasta. La caución podrá ser consignada únicamente de una de las siguientes formas: a) Mediante vale vista a la orden del tribunal, entregado en la secretaría. b) Mediante depósito en la cuenta corriente del tribunal, Banco del Estado N°22500051829, RUT N 61.918.000-3, utilizando al efecto el cupón de pago del Banco Estado, ingresando a la dirección http://reca.pjud.cl/RECAWEB. El comprobante de consignación de la caución debe ser acompañado únicamente a través de la Oficina Judicial Virtual, portal ”Remates”. Una vez acompañado, se deberá remitir un correo electrónico a la dirección jl1_losandes@pjud.cl, indicando en el asunto POSTOR “ REMATE ; en el texto los datos de la causa y el nombre, RUT y teléfono ” del postor, quien deberá señalar si comparecer por sí , o bien, en representación de un tercero, en cuyo caso deber indicar igualmente el nombre y RUT de éste. Demás información en el juicio. Causa Rol C-583-2024, caratulada COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO COOPEUCH/LEIVA. Juicio Ejecutivo. El secretario  
     
 
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